Anotación en cuenta: claves para entenderla

Se denomina como anotación en cuenta a las operaciones en las que una entidad financiera registra un movimiento contable, ya sea este un cargo o un abono en cuenta. Se trata de una forma de registrar contablemente los títulos y valores, cotizados o no en Bolsa, en un registro informático.

Las anotaciones en cuenta se suelen utilizar para la deuda pública o en productos de venta del Tesoro. Se introdujeron en España en el año 1987 y sustituyeron a las transacciones en papel, con la consiguiente mejoraron la seguridad de las transacciones de valores.

Es un sistema de representación de los valores que, en vez de hacerse mediante títulos físicos, se identifican con la inscripción en registros contables especiales, normalmente informáticos.

En el momento de realizar anotaciones en cuenta, intervienen varios elementos en el registro de las transacciones:

  • Central de Anotaciones: Interviene como una especie de registro central que se encuentra adscrito al banco central del país, que es el encargado de su gestión. Se registran en esta central todas las emisiones del Tesoro público de distintas comunidades y regiones, así como de los organismos públicos. Garantiza la emisión y respalda, valora y evalúa las condiciones, además de amortizar la deuda pública y ejecutar los pagos.
  • Entidades gestoras. Realizan el registro de los valores de forma individual para cada cliente. Generan comprobantes o resguardos con el nombre del titular del derecho. Estos resguardos que no podrán ser vendidos ni tampoco se puede negociar con ellos, ya que no representan al título, sino que acreditan la propiedad nominal.

Ventajas de la anotación en cuenta

Las anotaciones en cuenta supusieron la desaparición del papel físico, con lo que supusieron un ahorro y mayor rapidez para realizar los registros. Con este sistema no hace falta un fedatario público, por lo que se agiliza la circulación del título en mercados secundarios.

 

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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