Guía práctica para solicitar el permiso de paternidad

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Ser padre es una responsabilidad muy grande y todavía más si quieres dedicar todo tu tiempo a esa personita que ha llegado a tu vida, pero tu trabajo te lo impide. Este 2020 ha llegado con buenas noticias, los padres contarán con 12 semanas de permiso por nacimiento de hijo, durando así cuatro semanas más que en 2019.

Esta medida, aprobada en un Real Decreto Ley que ha sido publicado en el BOE en marzo de 2019, tiene como objetivo ampliar de forma progresiva la baja por paternidad para que en 2021 tenga la misma duración que la de maternidad, 16 semanas. Aunque su denominación es “permiso por paternidad”, este derecho se otorga a todo aquel progenitor distinto de la madre biológica.

Si no sabes los pasos que debes seguir para sacarle partido a tu experiencia, sigue leyendo porque a continuación te damos toda la información que necesitas saber para poder disfrutar de tu prestación de paternidad sin complicaciones.

¿Qué es el permiso de paternidad?

Es una prestación que está recogida en el artículo 48.7 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce a los empleados el derecho a la suspensión temporal del contrato laboral o cese de su actividad con motivo del nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento.

En el mes de abril de 2019, entró en vigor el Real Decreto Ley 6/2019 de medidas urgentes para la garantía de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Un permiso intransferible, que si el padre no disfruta no podrá ceder a la madre.

¿Quién puede recibir el permiso de paternidad?

El progenitor distinto a la madre biológica es la única persona que podrá optar a este permiso de paternidad por nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento. 

El progenitor deberá avisar a la empresa para que le prepare un certificado de baja, en el que tiene que figurar el sueldo del último mes para que la Seguridad Social establezca así los baremos de pago.

Si eres autónomo y quieres pedir un permiso de paternidad como autónomo, también tienes derecho de beneficiarte de él en las mismas condiciones que aquellos trabajadores que están sujetos al régimen General de la Seguridad Social, pero teniendo en cuenta las medidas de la última Ley de Reformas Urgente del Trabajo Autónomo.

¿Cuántos días corresponden por paternidad?

La duración del permiso de paternidad equivale a un total de 12 semanas.  Las cuatro primeras semanas deben disfrutarse de forma ininterrumpida tras el parto, las ocho semanas restantes pueden ser en momentos posteriores, hasta que el bebé cumpla 12 meses.

Se trata de un permiso que está retribuido al 100% y es intransferible. Además, se puede disfrutar en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con la empresa.

En cuanto a los funcionarios públicos, pueden disfrutar de las 12 semanas de permiso sin coincidir con la baja maternal para poder ampliar el tiempo de estancia del bebé bajo cuidado familiar.

En los permisos por adopción, desde el 1 de enero de 2020 los dos adoptantes cuentan con 16 semanas de permiso, 6 de las cuales deberán ser disfrutadas obligatoriamente tras la resolución judicial o administrativa que apruebe la adopción. El resto del permiso se podrá repartir en bloques semanales o de forma ininterrumpida en un plazo de 12 meses tras la resolución.

En el supuesto de parto, adopción, acogimiento o guarda múltiples se ampliará la duración en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. La última semana del periodo de descanso podrá ser disfrutada de forma independiente en otro momento dentro de los 12 meses siguientes a la fecha del nacimiento del hijo.

¿Cuándo tienes derecho a este permiso?

Puedes acceder a él si estás afiliado y dado de alta por paternidad en la Seguridad Social según el Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.

Asimismo, es necesario tener cotizados al menos 360 días o 180 días en los siete años anteriores a la fecha que se inicia el período de suspensión.

¿Se pueden ceder días a la madre?

El permiso de paternidad no puede ser cedido a la madre. Aunque la madre sí puede transferir al padre parte del permiso de maternidad hasta un máximo de 10 semanas.

¿Cuánto se cobra de baja por paternidad?

La prestación económica por paternidad consiste en un subsidio que tiene en cuenta la última nómina antes del nacimiento o adopción y que corresponde al 100% de la base reguladora, la cual se calcula sumando las bases de cotización de los últimos seis meses y dividiendo el resultado entre 180 días.

¿Quién paga la prestación?

Con la entrada del nuevo decreto se elimina el “permiso de nacimiento”, que antes pagaba la empresa y tenía una duración de dos días. El permiso de paternidad que deberá abonar la Seguridad Social se disfruta desde el mismo día del nacimiento.

¿Cuál es el procedimiento para solicitar el permiso por paternidad?

Para solicitar la prestación debes avisar al departamento de administración de tu empresa y realizar una solicitud dirigida a la dirección provincial de tu oficina de la Seguridad Social una vez haya nacido el hijo y presentar el modelo de Solicitud de prestación por paternidad.

Para solicitar este permiso de paternidad es necesario que la empresa en la que trabajas emita un certificado de baja para el padre en el que debe constar el sueldo de la última nómina para que así la Seguridad Social calcule la retribución que te corresponde como trabajador.

La documentación que debe acompañar a los formularios es la siguiente:

  • Documento Nacional de Identidad o equivalente en vigor (fotocopia y original).
  • Libro de familia o certificado de la inscripción del hijo o hijos en el Registro civil (fotocopia y original).
  • Certificado de la empresa.
  • Número de cuenta en el que se quiere recibir la retribución.
  • Si se trata de una adopción, la resolución judicial de la adopción, o bien la resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar, ya sea permanente o preadoptivo.
  • Si eres autónomo, debes entregar también una Declaración de Situación de Actividad

¿Cuándo empiezo a disfrutar del permiso?

Las cuatro primeras semanas del permiso de paternidad deben disfrutarse desde el nacimiento de forma obligatoria. Las ocho semanas restantes pueden ser distribuidas de forma sucesiva a las cuatro anteriores o en cualquier momento durante el primer año de vida del hijo.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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