¿Cuáles son los cambios que afectarán al paro de los autónomos en 2025?

2.8/5 - (109 votos)

Este 2025 ha comenzado con cambios importantes que afectan a la cotización y paro de los trabajadores por cuenta propia, entre otras actualizaciones. Si quieres saber cuáles son estas modificaciones en la prestación por cese de actividad aprobadas para este año, sigue leyendo para también descubrir cómo funciona la Seguridad Social para los autónomos y cuáles son los requisitos para solicitar la prestación por desempleo.

Seguridad Social de los Autónomos: cómo funciona

Según el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), se consideran trabajadores por cuenta propia todas aquellas personas que realizan un trabajo de forma habitual, personal y directa para obtener una remuneración, sin que exista un contrato que los vincule a trabajar por cuenta del empleador.

El responsable de formalizar el alta en la Seguridad Social es el propio trabajador autónomo. Mientras que los trabajadores por cuenta ajena cotizan en el Régimen General, los autónomos tendrán que hacerlo en su propio régimen, conocido popularmente como RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

Para darte de alta en este sistema tendrás que cumplimentar el modelo TA0521 hasta 60 días antes de empezar a trabajar y, posteriormente, hacer lo mismo en Hacienda. Antes de lanzarte a emprender, te recomendamos conocer todas las obligaciones fiscales de los autónomos para evitar futuros problemas.

Requisitos para obtener el paro de autónomos

La regulación del paro de los autónomos entró en vigor en 2010 con la Ley 32/2010, normativa que fue actualizándose en los años siguientes. Para solicitar la prestación por desempleo, deberás presentar el modelo 036 o 037 y cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y dado de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
  • Haber cubierto el periodo mínimo de cotización por cese de actividad en los 24 meses anteriores al cese y de forma continuada en al menos 12 meses anteriores al cese.
  • Estar en situación legal de cese de actividad. Debes solicitar la baja laboral y acreditar que estás dispuesto a volver a incorporarte al mercado laboral a través de las actividades formativas que convoque el Servicio de Empleo de la Seguridad Social.
  • No haber cumplido la edad legal que te da derecho a la jubilación, salvo que no tengas acreditado el periodo de cotización requerido para ello.
  • Haber pagado todas las cuotas a la Seguridad Social. Si no cumples este requisito en la fecha de actividad, pero has cubierto el periodo mínimo de cotización que da derecho a la cotización, podrás pagar las cuotas que debes en un plazo de treinta días. Es lo que se conoce como “invitación al pago”.

Cuantía de la prestación por desempleo

La cuantía de la prestación dependerá de la base reguladora; es decir, la media de las bases por las que hayas cotizado durante los últimos doce meses. A esa cantidad, tendrás que aplicarle el 70% para saber cuánto dinero te corresponde por estar en situación de desempleo.

Sin embargo, existe una cantidad mínima y máxima de la prestación por cese de actividad establecida en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y de si el trabajador tiene hijos que están a su cargo.

  • Cuantía mínima. Será del 80% de ese mismo indicador (560 euros mensuales). En el caso de tener hijos al cargo, el mínimo ascenderá al 107% (749 euros).
  • Cuantía máxima. Será del 175% del IPREM (225 euros al mes). Si tienes uno o más hijos a tu cargo, el porcentaje se incrementará entre el 200% y el 225% respectivamente.

Desde enero de 2019 con la entrada en vigor de la ley, se duplicó el periodo de prestación por desempleo, pasando de los 12 a los 24 meses.

Los autónomos pueden cobrar un mínimo de cuatro meses de la prestación si han cotizado entre 12 y 17 meses por cese de actividad, y un máximo de 24 meses si han cotizado 48 o más meses.

El número de meses a los que tendrás derecho a cobrar la prestación por cese de actividad dependerá del período que hayas cotizado:

  • 4 meses de prestación si has cotizado de 12 a 17 meses.
  • 6 meses de prestación si has cotizado de 18 a 23 meses.
  • 8 meses de prestación si has cotizado de 24 a 29 meses.
  • 10 meses de prestación si has cotizado de 30 a 35 meses.
  • 12 meses de prestación si has cotizado de 36 a 42 meses.
  • 16 meses de prestación si has cotizado de 43 a 47 meses.
  • 24 meses de prestación si has cotizado 48 meses o más.

Cambios que afectarán al paro de los autónomos en 2025

Recopilamos los cambios que afectarán al paro de los autónomos en 2025.

Baja la base mínima de cotización

La base mínima de cotización pasa de los 960,60 euros mensuales a los 200 euros al mes. El nuevo sistema de cotización busca aumentar la equidad en las aportaciones al tener más en cuenta los ingresos reales del trabajador.

La tarifa plana pasa de 60 a 80 euros

La tarifa plana es el pago mensual de una cuota reducida que el autónomo debe hacer a la Seguridad Social. La medida se introdujo en el año 2013 para impulsar el autoempleo y ahora la cuantía se ha incrementado hasta los 80 euros. En esta cantidad se incluyen las contingencias comunes y las profesionales, y los trabajadores que se beneficien de esta ayuda no tendrán que cotizar por cese de actividad.

Para solicitarla, el autónomo debe darse de alta por primera vez o no haber estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores.

Es compatible el paro con el trabajo por cuenta propia

Una de las novedades principales es poder compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad económica por cuenta propia. De esta forma, los autónomos pueden seguir cobrando el paro durante 9 meses como máximo mientras llevan a cabo su actividad.

Nueva obligación tributaria

A partir del ejercicio de este año, en la declaración de la renta que se presentará en 2026, será obligatorio declarar esta prestación en el modelo 190.

Esperamos haberte ayudado a comprender mejor cómo funciona el sistema de paro de los autónomos y a conocer los cambios que acaban de entrar en vigor para mejorar la protección social de los trabajadores por cuenta propia. En ABANCA apoyamos a todos los emprendedores a través del Plan Activamos, con el que obtendrás financiación para ese negocio con el que siempre has soñado.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

Recibe nuestros contenidos más útiles

en tu bandeja de entrada. Consigue además nuestra guía con ¡todo lo que debes saber para comprar tu primera vivienda!