¿Cuál es la diferencia entre titular y cotitular de una cuenta bancaria?

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El titular de una cuenta bancaria es la persona propietaria de los fondos que se depositan en dicha cuenta, o el deudor en el caso de pedir un préstamo. Pero, ¿cuál es la diferencia entre el titular y el cotitular de una cuenta bancaria?

En este post, vamos a contarte en qué consisten y en qué se diferencian tres figuras esenciales del ámbito bancario: el titular, el cotitular y el autorizado de una cuenta bancaria.

¿Qué implica ser el titular de una cuenta bancaria?

El titular es la persona, física o jurídica, que cuenta con los plenos derechos y poderes sobre la cuenta bancaria que abre a su nombre, y quien debe firmar el contrato que la regula. En el caso de las operaciones de préstamo, el titular de la cuenta sería el deudor.

Y bien, ¿cuántos titulares puede tener una cuenta bancaria? Una cuenta puede tener uno o varios titulares, que se pueden fijar tanto en el momento de abrirla como con posterioridad.

El cotitular de una cuenta

El cotitular de una cuenta bancaria cuenta con los mismos derechos y obligaciones que un titular, pero su responsabilidad puede variar según el grado de cotitularidad del contrato.

De esta forma, podemos diferenciar tres tipos de titularidad:

  • Indistinta o solidaria: se trata de una modalidad que incluye a las personas que pueden llevar a cabo movimientos en la cuenta bancaria con total libertad. Es habitual especialmente entre los titulares que tienen una relación de confianza. Por ejemplo, un padre y un hijo que comparten la titularidad de una cuenta, aunque el segundo no aporte los fondos.
  • Conjunta o mancomunada: en este tipo de titularidad, cada uno de los titulares necesita la aprobación del resto para tomar cualquier tipo de decisión. Es la más empleada en el área profesional para permitir que los socios de una empresa, por ejemplo, puedan hacer frente a determinados pagos.
  • Subordinada: en esta modalidad se establecen diferentes niveles en la capacidad de decisión de los titulares de la cuenta. En este caso, los titulares con un grado superior no necesitan autorización para realizar operaciones. El resto de titulares sí que la necesitan. Por otro lado, en caso de fallecimiento de uno de los titulares, sólo quedarán inmovilizados los fondos que pertenezcan al fallecido, hasta que se efectúe el testamento.

¿Cuál es la diferencia entre titular y cotitular?

Tal y como te hemos contado, el titular es la persona que firma el contrato y posee los derechos de la cuenta bancaria. Un cotitular comparte la propiedad de los fondos de dicha cuenta con el titular u otros cotitulares.

La principal diferencia entre titular y cotitular de una cuenta bancaria es que un cotitular puede incluirse más tarde (no tiene que ser necesariamente en el momento de firmar el contrato), y un titular debe ser quien firme el contrato en el momento. Además, ser cotitular no implica contar con los mismos fondos que el resto de titulares (un cotitular puede incluso no ser propietario de ningún fondo), de forma que la cotitularidad no se establece a partes iguales.

En otras palabras, el hecho de compartir una cuenta corriente significa que, frente al banco, todos pueden disponer del dinero que hay en la misma. Pero la pertenencia de los fondos depende del origen y la relación que tengan los cotitulares entre sí.

De esta manera, abrir una cuenta bancaria compartida no conlleva que tengamos que tributar por unos fondos que no nos pertenecen.

¿Qué diferencia hay entre titular y autorizado en una cuenta bancaria?

Ahora que ya sabemos qué es un titular y un cotitular de una cuenta y en qué se diferencian, vamos a explicar qué es ser el autorizado de una cuenta bancaria y qué diferencia hay entre titular y autorizado.

Un autorizado es la persona que puede hacer uso del dinero que hay en la cuenta en nombre del titular pero con unas limitaciones determinadas.

Por lo tanto, la principal diferencia entre titular y autorizado en una cuenta bancaria es que el titular (o cotitular) es el propietario de los fondos y puede tomar decisiones. Por otra parte, el autorizado tiene firma para operar en la cuenta (con la autorización del titular) pero sin ser dueño de la misma. Es decir, puede realizar ingresos, transferencias o firmar cheques, por ejemplo, pero no puede solicitar tarjetas de crédito ni cancelar cuentas.

De esta forma, los rendimientos de capital se le imputan sólo al titular, y si este fallece, la persona que haya sido autorizada legalmente no puede disponer del dinero depositado en la cuenta bancaria. En otras palabras, pierde todos los derechos con los que contaba sobre la cuenta y no podrá seguir realizando ninguna transacción.

Por lo tanto, desde el momento en que fallece el titular, el dinero que le pertenece queda paralizado hasta que se lleva a cabo el testamento. Si en la cuenta actúan varios titulares, sólo quedará bloqueada la parte que le corresponde al difunto. Además, el autorizado de una cuenta bancaria tampoco tiene ninguna responsabilidad legal sobre las deudas y obligaciones fiscales.

Los derechos del autorizado

Los derechos que tiene el autorizado de una cuenta bancaria dependen de lo que exponga el escrito de autorización en cuestión. En el caso de que la autorización sea de carácter general, el autorizado va a poder disponer de la cuenta en representación del titular.
Las acciones principales que puede desarrollar el autorizado son las siguientes:

  • Disponer del saldo de la cuenta (realizar pagos y movimientos generales del saldo).
  • Realizar una solicitud de la información, sin tener que contar con el consentimiento del titular.

Por el contrario, el autorizado no puede ni cambiar las condiciones del contrato ni solicitar el bloqueo de la cuenta bancaria. También es importante tener en cuenta que los autorizados en una cuenta bancaria pueden incluirse más tarde de su apertura.

Asimismo, resulta interesante recordar que esta figura es habitual cuando el titular de una cuenta es una empresa, y hacen falta otras personas -los empleados- que puedan estar autorizadas para su gestión.

Ahora que ya conoces la diferencia entre titular, cotitular y autorizado de una cuenta bancaria, no dudes en consultarnos si tienes alguna duda. ¡Te leemos!

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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