Claves para entender las diferencias entre separación y divorcio

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Hay matrimonios que duran para siempre y otros que por el camino encuentran baches insorteables que les hacen replantearse su futuro juntos. En España, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en los últimos cinco años el número de separaciones y divorcios aumentó un 1,87%, cerrando el 2017 con 95.427 divorcios y 4.900 separaciones. Pero ¿cuáles son las diferencias entre separación y divorcio? ¿En qué os habéis de fijar para elegir aquella opción que más os convenga?

Principales diferencias entre separación y divorcio

Antes de explicar en profundidad las diferencias entre estos dos términos jurídicos es necesario comprender el significado de ambos. Tanto la separación como el divorcio son fórmulas que implican el cese de la convivencia entre la pareja. Es decir, que el matrimonio deja de vivir en la misma vivienda. Con todo, la separación se entiende como la suspensión del matrimonio y el divorcio como la disolución del mismo. En otras palabras, una pareja que se encuentre separada continúa siendo marido y mujer; una divorciada, no.

Volver a casarse

Una de las diferencias entre separación y divorcio más evidente es que bajo la primera fórmula la pareja no puede casarse con una tercera persona, ya que su matrimonio se mantiene en una especie de stand by. Por su contra, una vez formalizado el divorcio, la pareja es libre de iniciar otro matrimonio.

Trámite legal

Para separarse no es necesario pasar por el juzgado. Esto es, los miembros de una pareja pueden decidir de mutuo acuerdo que ya no quieren vivir juntos y que necesitan tiempo y espacio para decidir si retomar la relación o, por el contrario, proceder al divorcio para romperla legalmente. Para esto último sí es condición indispensable que haya una sentencia judicial.

Reversibilidad

Otra diferencia entre separación y divorcio es que la separación es reversible, mientras que el divorcio no. Es decir, una pareja que esté divorciada deberá volver a casarse para restablecer su estado como marido y mujer. En el caso de una separación, se desharía la fórmula y se volvería como al principio, sin necesidad de ceremonias de por medio.

Las herencias y separación de bienes

El divorcio impide que uno de los excónyuges herede, en caso de fallecimiento, del otro en caso de no existir testamento. Sin embargo, si fallece uno de ellos estando separado -y no divorciado-, y hay hijos de por medio, se heredará el usufructo del tercio correspondiente siempre y cuando no haya un testamento que indique lo contrario. Esto significa que podrá hacer uso de los bienes como si fuesen suyos.

Es una práctica muy común que un matrimonio tenga una cuenta conjunta en el banco. Cuando se producen separaciones o divorcios suelen surgir complicaciones a la hora de separar los bienes, por lo que te recomendamos que leas nuestro post sobre finanzas en pareja. Los expertos coinciden en que cada miembro de la pareja debe conservar cierto grado de independencia para gestionar su dinero.

Siempre es preferible llegar a un acuerdo, tanto en caso de separación como de divorcio. Así, ambos titulares podrán abrir una nueva cuenta bancaria y cerrar la cuenta común existente.

En caso de no existir ningún acuerdo, será el juez el que realice el reparto. Llegados a disputas se podrían incluso congelar las cuentas hasta la resolución judicial, lo que puede terminar por no favorecer a ninguna de las partes.

Vías para llevar a cabo una separación o un divorcio

Tomar la decisión de separarse o divorciarse de tu pareja no es un paso sencillo. Es por ello que muchas veces se aconseja ayuda psicológica y consejo legal. Con todo, existen diferentes formas de llevar a cabo cualquiera de estas fórmulas, algunas más bruscas que otras. A continuación, te las explicamos en detalle.

La separación

Una de las diferencias entre la separación y el divorcio es que la primera se puede realizar sin que se dicte sentencia. Se conoce como separación de hecho. Consiste en que ambos cónyuges den el consentimiento a estar separados. Es una medida que se entiende como provisional, un tiempo para pensar si la ruptura de la relación es lo que realmente quiere la pareja.

La otra vía de la separación es la judicial. A diferencia con la de “de hecho” es que aquí sí hay que pasar por el juzgado. La decisión puede ser de mutuo acuerdo, caso en el que no es necesaria la celebración del juicio, pero sí presentar la demanda de forma conjunta en presencia de un abogado -que puede ser el mismo para los dos- y de un procurador.

Si uno de los dos cónyuges se muestra reacio a separarse se puede proceder a la separación por vía contenciosa. En este caso sí es necesaria la realización de un juicio. Cada uno de los cónyuges deberá presentar la demanda en compañía de un abogado y, como en la judicial, se precisará la presencia de un procurador.

El divorcio

La disolución completa de un matrimonio solo se puede producir por dos causas: la muerte o el divorcio. Este último puede ser de mutuo acuerdo o contencioso. En ambos casos es necesaria la celebración de un juicio para que se dicte sentencia, en la que se recogerán los acuerdos a los que se llegó.

Para divorciarse no es necesario pasar primero por la separación ni alegar una causa justificativa.

¿Cuánto tengo que esperar para poder separarme o divorciarme?

La ley establece que se ha de esperar un mínimo de tres meses tras casarse para llevar a cabo una separación judicial o un divorcio. Con todo, si existe un riesgo para la vida, la integridad física moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos, el tiempo mínimo de espera desaparece. En este aspecto, la única de las diferencias entre la separación y el divorcio es que, si la primera de estas fórmulas es “de hecho”, no hay que esperar esos tres meses que marca la ley.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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