Ventajas e inconvenientes de la jubilación parcial

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¿Quién no ha soñado alguna vez con el día de su jubilación? Tras muchos años de trabajo y esfuerzo, la espera se hace eterna para esa etapa en la vida en la que se logra el tan ansiado retiro. Pero, además de la jubilación total que todos conocemos, existe una modalidad de jubilación que puede interesarte conocer a la hora de decidir sobre tu presente y futuro laboral: la jubilación parcial. Es una opción que combina el retiro con la continuación de la actividad laboral. Te contamos en qué consiste, sus características principales, requisitos para poder solicitarla y las ventajas e inconvenientes que tiene. ¡Sigue leyendo para saber más!

¿Qué es la jubilación parcial?

La jubilación parcial consiste fundamentalmente en compaginar el descanso con un contrato de trabajo a tiempo parcial. Este tipo de jubilación puede estar vinculada o no a un contrato de relevo.

Así, la persona que elige esta modalidad puede cobrar parte de la pensión de jubilación que le corresponde y un sueldo determinado por su dedicación al trabajo.

Requisitos de la jubilación parcial

En función de si se trata de un contrato de relevo o no, los requisitos de la jubilación parcial son diferentes. En el contrato de relevo, el trabajador que solicita la jubilación es sustituido por otro empleado que generalmente pertenece a la misma empresa.

Con contrato de relevo

  • Disponer del contrato con la empresa a jornada completa.
  • Cumplir la edad mínima legal. Para los mutualistas, debe ser de 60 años, y para los que no lo son, se aplica el requisito según los períodos cotizados.

A partir de 2023, los no mutualistas pueden solicitarla a los 63 años y 8 meses si se cuenta con un mínimo de 33 años cotizados. Esta edad aumentará para la jubilación parcial con contrato de relevo a partir de 2024.

  • Haber cotizado un mínimo de 33 años a la Seguridad Social. Para calcular el periodo de cotización, también se tiene en cuenta la duración de la prestación del servicio militar obligatorio. En el caso de los trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, el periodo obligatorio de cotización para solicitar la jubilación parcial desciende hasta los 25 años.
  • Haber trabajado al menos en los últimos seis años en la misma empresa que concede la jubilación parcial.

Si se opta por la jubilación parcial con contrato de relevo, la reducción de la jornada debe ser del 25% como mínimo y del 50% como máximo. Puede ampliarse hasta un 75% si el contrato de relevo es a jornada completa y con duración indefinida.

Sin contrato de relevo

  • Tener la edad ordinaria de jubilación que esté en vigor cuando se solicite, conforme a la Ley General de la Seguridad Social. Como este requisito se aplica de manera gradual, cada año aumenta la edad de jubilación. Para el año 2027, llegará a los 67 años. En este caso, el contrato puede ser a tiempo completo o parcial.
  • Haber cotizado un mínimo de 15 años.

En esta modalidad no se exige una antigüedad mínima en la empresa. La reducción de la jornada también se comprende entre un mínimo de 25% y un máximo de 50%.

Cómo solicitarla

Lo primero que hay que hacer para iniciar la solicitud es comunicar a la empresa la decisión y posteriormente negociar el acuerdo. Después, es necesario presentarse ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es necesario presentar la solicitud con al menos tres meses de antelación a la fecha en la que cesará el trabajo o comenzará la jornada parcial. . Esta gestión también se puede hacer online en la sede electrónica o por teléfono.

La documentación que se precisa para solicitarla es la siguiente:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Formulario de solicitud cumplimentado.
  • Certificado de la empresa que muestre el contrato a tiempo parcial y el de relevo del sustituto, si es con contrato de relevo.

Cómo se declara

En la jubilación parcial se pasa a tener dos pagadores en la declaración de la renta. Esto significa que en el momento de presentarla, es probable que la suma de los descuentos que se realizan por IRPF por cada pagador no logre llegar al porcentaje que correspondería si se tuviese uno solamente. Esto puede afectar a la cantidad que hay que abonar finalmente en la declaración.

Ventajas de la jubilación parcial

La jubilación parcial cuenta con diferentes ventajas tanto para la empresa como para el trabajador.

Para la empresa

  • Con contrato de relevo, a la empresa este tipo de jubilación le permite renovar la plantilla sin necesidad de despedir a ningún empleado.

Para el trabajador

  • El trabajador percibe los mismos ingresos que antes, al trabajar y al mismo tiempo recibir el importe de la pensión, pero trabaja menos horas.
  • La persona solicitante también sigue cotizando a la Seguridad Social. Esto quiere decir que puede subir su futura pensión cuando solicite la jubilación total.

Inconvenientes de la jubilación parcial

La solicitud de este tipo de jubilación también tiene sus inconvenientes para ambos actores.

Para la empresa

  • La empresa tiene que seguir cotizando por el trabajador que ha solicitado la jubilación parcial y por el trabajador que lo sustituye.

Para el trabajador

  • Si la jornada laboral se reduce al 75%, la bajada del salario es considerable. Si se desea mantener un nivel de vida determinado, esta opción puede no ser la más recomendable.
  • Teniendo en cuenta los requisitos de edad y cotización vigentes, no todos los trabajadores pueden solicitar este tipo de jubilación.

También es importante tener en cuenta que la jubilación parcial de los autónomos no existe, por lo menos por el momento. Sólo se aplica a los trabajadores a tiempo completo y por cuenta ajena, además de los funcionarios, artistas y representantes de comercio, entre otros. En el caso de la industria manufacturera, el contrato de relevo se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

Si quieres saber más sobre cómo solicitar la jubilación y hacer frente a los trámites para formalizar tu situación de júbilo, también puedes consultar los planes de pensiones de ABANCA para poder preparar tu futuro con calma.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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