Si has llegado a una determinada edad y estás pensando en prejubilarte, seguro que ya has oído hablar de la nueva ley de jubilación. En el caso de que aún no conozcas en qué consiste la reforma de las pensiones y las nuevas medidas para la jubilación, no te preocupes. Nosotros te explicaremos qué supone la nueva reforma de pensiones para la ciudadanía y los requisitos fundamentales para poder prejubilarse.
¿En qué consiste la reforma de las pensiones?
La reforma de las pensiones 2021 establece una serie de cambios en el sistema de pensiones y la jubilación que se harán efectivos en 2022. El Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones modifica el texto de la Ley General de la Seguridad Social. La reforma de las pensiones también aúna las recomendaciones aprobadas por el Pacto de Toledo.
La reforma de la ley de pensiones establece principalmente un marco nuevo de revalorización de las pensiones. Así, las pensiones se revalorizan de acuerdo con el IPC (Índice de Precios de Consumo) del ejercicio anterior, salvo cuando este índice sea negativo.
Nueva edad de jubilación
La ley contempla el acercamiento de la edad efectiva de jubilación a la edad ordinaria. De esta manera, la edad ordinaria de jubilación será de 66 años y 2 meses para los trabajadores que hayan cotizado menos de 37 años y 6 meses. Para los que hayan logrado esa cotización, la edad ordinaria será de 65 años. En la actualidad, la edad efectiva de jubilación está en los 64 años y 6 meses.
Este proyecto de ley, que incluye nuevas medidas de jubilación, aborda la estimulación de la demora de la jubilación. Esto significa que se compensará económicamente a los trabajadores que retrasen su jubilación. Por otro lado, aumentarán las penalizaciones a las personas que adelanten su jubilación.
Otro aspecto que incluye la reforma de las pensiones es el plus para prejubilados. De este plus se beneficiarán las personas con al menos 44 años y 6 meses de cotización. Además, tienen que haber accedido a la jubilación de forma anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021.
Tipos de jubilación
Se establecen cuatro escenarios en lo que respecta a la actualización de las condiciones de cada modalidad de jubilación:
Jubilación anticipada voluntaria
En este escenario, los coeficientes pasan a ser mensuales para promover el desplazamiento voluntario de la edad de acceso a la jubilación. De esta manera, se establece un tratamiento más beneficioso para las carreras de cotización más extensas. Para solicitar este tipo de jubilación, será necesario contar con 35 años cotizados.
Jubilación anticipada involuntaria
Esta modalidad incluye como novedad fundamental el establecimiento de coeficientes mensuales en vez de trimestrales. Para solicitarla, la persona debe tener 33 años cotizados.
Jubilación demorada
La nueva legislación considera la exención de cotizar por contingencias comunes desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. También se refuerzan los incentivos en función del año de demora. Los trabajadores que se acojan a esta jubilación contarán con un 4% de la base reguladora por año extra trabajado.
Jubilación forzosa
El proyecto expone que los convenios colectivos no podrán establecer cláusulas que posibiliten la extinción del contrato laboral antes de los 68 años. Se fija una reducción del 75% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, para las bajas por incapacidad temporal de personas mayores de 62 años.
Además de estas medidas, también se prevé fortalecer la estructura de ingresos del sistema con una mejora de la financiación de la Seguridad Social. Este sistema obtendrá una transferencia anual del Estado.
¿Me puedo prejubilar a los 60 años?
Con la nueva ley de jubilación, ¿quién se puede prejubilar a los 60 años? ¿Yo me puedo prejubilar? Si te has hecho alguna vez esta pregunta, nosotros podemos darte la respuesta. Para empezar, tienes que saber que sólo los trabajadores de 60 años que cumplan unos requisitos determinados pueden prejubilarse a esta edad.
Los empleados que se incluyen en las Clases Pasivas del Estado cuentan con unas normas de jubilación diferentes. Pueden prejubilarse a partir de los 60 años y cobrar el 100% de la pensión si cumplen unos requisitos concretos. En el régimen de las Clases Pasivas se integran los funcionarios de la Administración General del Estado, de la Administración de Justicia y de las Cortes Generales. También se incluyen los militares de carrera, alumnos y aspirantes de Escuelas y Academias Militares, y ex-presidentes, ex vicepresidentes o ex-ministros del Gobierno, entre otros.
Todos estos trabajadores tienen una edad de jubilación ordinaria de 65 años, aunque la legislación admite prejubilarse desde los 60 si se acredita haber hecho, como mínimo, 30 años de servicio. En el portal de las Pensiones de Clases Pasivas se expone que todos los empleados que puedan acreditar 35 años de servicio, podrán obtener el 100% del haber regulador. De esta forma, una persona de 60 años puede prejubilarse con la totalidad de su pensión si ha realizado 35 años de servicio.
Además, los trabajadores que han sido despedidos en el trabajo se pueden acoger a la jubilación anticipada derivada del cese no voluntario en el trabajo. Este tipo de jubilación es válida para los ciudadanos de hasta cuatro años menos de la edad ordinaria de jubilación. El trabajador debe acreditar 33 años de cotización previa, estar inscrito como demandante de empleo al menos seis meses y que el despido sea por reestructuración empresarial. Si la persona cumple con estos requisitos, puede solicitar la jubilación anticipada.
¿Cómo funciona la jubilación parcial a los 60 años?
En el caso de una jubilación parcial a los 60 años, la persona trabajadora y la empresa tienen que pactar la reducción de la jornada laboral. Las cifras de la disminución pueden variar entre el 25% y el 85% de la jornada. La empresa realiza un contrato de relevo al trabajador nuevo, por el que sólo pagará por la parte de la jornada laboral que hace el empleado relevado.
Este contrato durará hasta que el trabajador que va a jubilarse llegue a la jubilación en la edad ordinaria que le corresponda por los años cotizados. El relevado recibirá una cantidad de la Seguridad Social por el tiempo reducido y otra cuantía que seguirá percibiendo de la empresa por el tiempo restante.
Si estás pensando en prejubilarte de forma parcial o total, te recomendamos que le eches un vistazo a nuestro servicio asesoramiento para ahorrar de cara a la jubilación.