Reforma de las pensiones: ¿qué trabajadores se pueden prejubilar a los 60 años?

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Si has llegado a una edad determinada y estás pensando en prejubilarte, debes tener en cuenta las recientes modificaciones en la legislación de jubilación. Si aún no conoces en qué consiste la reforma de las pensiones de 2023, y te preguntas sobre las posibilidades de prejubilarte a los 60 años, estás en el lugar correcto. En este post te explicaremos qué supone la nueva reforma de pensiones para la ciudadanía y los requisitos fundamentales para poder prejubilarse.

¿En qué consiste la reforma de las pensiones 2023?

El principal cambio dentro del Real Decreto-ley 2/2023 del BOE se centra en la manera de calcular las pensiones. El decreto recoge las “medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas”. Por lo que, a partir del 1 de enero de 2026, el método de cálculo para las pensiones se dividirá en:

  • Se mantendrá el sistema actual, que toma en cuenta lo cotizado en los últimos 25 años.
  • Se introducirá un nuevo modelo que calculará los mejores 27 años cotizados de entre los últimos 29.

De estos dos, la Seguridad Social seleccionará el sistema que resulte más ventajoso para el jubilado. El ajuste a la fórmula de cálculo de las pensiones se realizará de forma gradual y se desglosará en las siguientes fases:

  • Hasta 2040. Los jubilados podrán elegir entre el sistema actual (basado en los últimos 25 años cotizados) y el nuevo sistema (que calcula los mejores 27 años cotizados de entre los últimos 29).
  • De 2041 a 2043. El sistema basado en los 25 años se extenderá en seis meses adicionales cada año. Durante este período, los jubilados podrán optar por considerar la cotización de hasta 25.5, 26, o 26.5 años, siempre excluyendo los dos años con menor cotización.
  • A partir de 2044. Solo se aplicará el nuevo sistema basado en los 29 años. En casos donde haya meses sin cotización dentro de esos 29 años, los primeros 48 meses no cotizados se calcularán usando la base mínima, y cualquier mes adicional se contabilizará al 50% de dicha base.

La reforma de la ley de pensiones establece principalmente un marco nuevo de revalorización de las pensiones. Las pensiones ajustadas al índice de precios de consumo (IPC) han experimentado un incremento del 8,5% en 2023, y se anticipa que para 2024 la tendencia de revalorización continúe siendo favorable, según datos de la Seguridad Social.

Nueva edad de jubilación

La ley contempla el acercamiento de la edad efectiva de jubilación a la edad ordinaria. De esta manera, la edad ordinaria de jubilación será de 66 años y 4 meses para los trabajadores que hayan cotizado menos de 37 años y 9 meses. En el caso de tener 37 años y 9 meses o más, la edad ordinaria será de 65 años. En la actualidad, la edad efectiva de jubilación está en los 66 años y 4 meses.

Este proyecto de ley, que incluye nuevas medidas de jubilación, aborda la estimulación de la demora de la jubilación. Esto significa que se compensará económicamente a los trabajadores que retrasen su jubilación. Por otro lado, aumentarán las penalizaciones a las personas que adelanten su jubilación.

Otro aspecto que incluye la reforma de las pensiones es el plus para prejubilados. De este plus se beneficiarán las personas con al menos 44 años y 6 meses de cotización, o aquellas que tengan al menos 40 años de cotización (siempre y cuando su pensión sea inferior a 900 euros mensuales). Para obtener este plus, tienen que haber accedido a la jubilación de forma anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021.

Tipos de jubilación

Se establecen cuatro escenarios en lo que respecta a la actualización de las condiciones de cada modalidad de jubilación:

Jubilación anticipada voluntaria

En este escenario, los coeficientes pasan a ser mensuales para promover el desplazamiento voluntario de la edad de acceso a la jubilación. De esta manera, se establece un tratamiento más beneficioso para las carreras de cotización más extensas.

Para solicitar este tipo de jubilación, es necesario tener al menos 64 años y 4 meses si se ha cotizado menos de 37 años y 9 meses, o 63 años si se ha cotizado por 37 años y 9 meses o más. Además, será necesario contar con 35 años cotizados, de los cuales al menos dos años deben haberse registrado dentro de los 15 años previos al momento de finalizar la actividad laboral.

Jubilación anticipada involuntaria

La jubilación no voluntaria tiene sus propios requisitos. Se puede solicitar hasta cuatro años antes de la edad legal de jubilación, siempre cumpliendo con un mínimo de años cotizados.

Para jubilarse a los 63 años, se requiere:

  • Cotizar al menos 35 años, incluyendo dos años dentro de los 15 años anteriores a la jubilación.
  • Que el monto a recibir por pensión de jubilación sea mayor al mínimo que correspondería al llegar a los 65 años.

Si el cese laboral no fue voluntario, la jubilación anticipada se podrá solicitar:

  • A los 61 años, con al menos 37 años y 9 meses cotizados.
  • Entre los 62 y 64 años, con menos de 37 años y 9 meses cotizados.

La jubilación anticipada involuntaria debe tener lugar cuando la reestructuración empresarial impide continuar la relación laboral. Puede deberse a un despido colectivo, un despido objetivo, la extinción del contrato por resolución judicial, la extinción del contrato por fuerza mayor o la muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual.

Como la edad legal de jubilación es de 65 años con 37 años y 9 meses cotizados, o 66 años y 4 meses si se ha cotizado menos tiempo, la jubilación anticipada y forzosa no es viable si no se cumple con los 4 años previos a la edad legal.

Jubilación demorada

La nueva legislación considera la exención de cotizar por contingencias comunes desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. También se refuerzan los incentivos en función del año de demora.

Quienes elijan esta nueva modalidad y posterguen su jubilación de 2 a 10 años, se beneficiarán con un aumento del 4% en su pensión por cada año de retraso, según datos de la revista de la Seguridad Social. Además, se otorga un pago único por cada año cotizado al momento de jubilarse, cuyo monto varía según los años cotizados, oscilando entre 5.000 y 12.000 euros aproximadamente. Este pago se recibirá al momento de la jubilación.

Si el retraso supera los 11 años, se recibirá un pago único correspondiente a 5 años del período postergado y un incremento del 2% en su pensión por cada año adicional de retraso.

Jubilación forzosa

La reforma expone que los convenios colectivos no podrán establecer cláusulas que posibiliten la extinción del contrato laboral antes de los 68 años, siempre que se cumplan los requisitos estipulados en la Ley General de Seguridad Social para acceder al 100% de la pensión ordinaria contributiva, según datos del Ministerio del trabajo. Se fija una reducción del 75% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social, para las bajas por incapacidad temporal de personas mayores de 62 años.

¿Me puedo prejubilar a los 60 años?

¿Quién se puede prejubilar a los 60 años con la nueva ley?, ¿yo me puedo prejubilar? Si te has hecho alguna vez esta pregunta, nosotros podemos darte la respuesta. La posibilidad de jubilarte a los 60 años existe, siempre y cuando se cumplan unos requisitos determinados. Aunque debes saber que, en líneas generales, en la mayoría de los casos para optar al 100% de la jubilación es necesario esperar a la edad ordinaria de jubilación.

Los empleados que se incluyen en las Clases Pasivas del Estado cuentan con unas normas de jubilación diferentes. Pueden prejubilarse a partir de los 60 años y cobrar el 100% de la pensión si cumplen unos requisitos concretos. En el régimen de las Clases Pasivas se integran los funcionarios de la Administración General del Estado, de la Administración de Justicia y de las Cortes Generales. También se incluyen los militares de carrera, alumnos y aspirantes de escuelas y academias militares, y expresidentes, exvicepresidentes o exministros del Gobierno, entre otros.

Todos estos trabajadores tienen una edad de jubilación ordinaria de 65 años, aunque la legislación admite prejubilarse desde los 60 años si se acredita haber hecho, como mínimo, 30 años de servicio. En el portal de las Pensiones de Clases Pasivas se expone que todos los empleados que puedan acreditar 35 años de servicio, podrán obtener el 100% del haber regulador. De esta forma, una persona de 60 años puede prejubilarse con la totalidad de su pensión si ha realizado 35 años de servicio.

Además, los trabajadores que han sido despedidos en el trabajo se pueden acoger a la jubilación anticipada derivada del cese no voluntario en el trabajo. Este tipo de jubilación es válida para los ciudadanos de hasta cuatro años menos de la edad ordinaria de jubilación. El trabajador debe acreditar 33 años de cotización previa, estar inscrito como demandante de empleo durante, al menos, seis meses y que el despido sea por reestructuración empresarial. Si la persona cumple con estos requisitos, puede solicitar la jubilación anticipada.

¿Cómo funciona la jubilación parcial a los 60 años?

En el caso de una jubilación parcial a los 60 años, la persona trabajadora y la empresa tienen que pactar la reducción de la jornada laboral. Las cifras de la disminución pueden variar entre el 25% y el 85% de la jornada, con condiciones específicas para diferentes casos. La empresa realiza un contrato de relevo al trabajador nuevo, por el que solo pagará por la parte de la jornada laboral que hace el empleado relevado, tal como se indica en la Seguridad Social.

El contrato se extenderá hasta que el empleado alcance la edad ordinaria de jubilación determinada por sus años de cotización. Durante este período, el relevado obtendrá un monto de la Seguridad Social por el tiempo reducido. Además, obtendrá de una suma adicional que continuará recibiendo de la empresa por el tiempo restante.

Si estás pensando en prejubilarte de forma parcial o total, te recomendamos que le eches un vistazo a nuestro plan de pensiones, una herramienta de ahorro a largo plazo que supone un plus en la jubilación.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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