Las cuentas remuneradas se han convertido en una opción atractiva para muchos clientes a la hora de buscarle una rentabilidad a sus ahorros. Sin embargo, los intereses ofrecidos a cambio del depósito del dinero en la cuenta no pasan inadvertidos para Hacienda y por ello es importante entender cómo pueden afectar a tu declaración.
Si no sabes de qué manera hay que declarar los ahorros del banco, a continuación vamos a contarte, de una forma sencilla, cómo declarar una cuenta remunerada y cuánto se paga a Hacienda por los intereses bancarios. Continúa leyendo y descúbrelo.
- ¿Hay que declarar los intereses del banco?
- Tipos impositivos para los rendimientos del capital mobiliario
- Pasos para declarar los intereses de tu cuenta remunerada
¿Hay que declarar los intereses del banco?
Las cuentas remuneradas son productos financieros que ofrecen un interés concreto a cambio de mantener una cantidad de dinero depositada en ellas. A pesar de que el dinero resultante provenga en parte de tus ahorros, a efectos fiscales, los intereses generados con estas cuentas se consideran rendimientos del capital mobiliario. Esto significa que debes incluirlos en tu declaración de la renta, concretamente en la base imponible del ahorro.
Los intereses de estas cuentas remuneradas tributan de forma progresiva. Es decir, cuanto más ganes, mayor será el porcentaje que tendrás que pagar. Se trata de un producto financiero cuya mayor diferencia con un depósito a plazo fijo es la libertad de disponer del dinero cuando lo desees, el interés generado se gravará a diferentes tipos impositivos (al ser una escala progresiva).
Tipos impositivos para los rendimientos del capital mobiliario
Para la declaración de la renta de 2025, que se presenta en 2026, los tipos impositivos aplicables a la base del ahorro son los siguientes:
- Hasta 6.000 euros: 19%.
- Entre 6.000 y 50.000 euros: 21%.
- Entre 50.000 y 200.000 euros: 23%.
- Entre 200.000 y 300.000 euros: 27%.
- Más de 300.000 euros: 30%.
Las entidades bancarias están obligadas a realizar una retención automática del 19% a modo de adelanto del impuesto. A partir de ahí, si tus ganancias han sido superiores a ese primer tramo, tendrás que realizar el pago de la diferencia a Hacienda según tus rendimientos conseguidos.
Pasos para declarar los intereses de tu cuenta remunerada
Declarar los intereses de tu cuenta remunerada no tiene por qué ser complicado. Sigue estos pasos para hacerlo correctamente:
- Recopila la información: tu banco te facilita (habitualmente en marzo) un resumen fiscal con los intereses brutos y las retenciones practicadas durante el año anterior.
- Accede al borrador de la declaración: en la mayoría de los casos, Hacienda ya habrá incluido esta información en tu borrador. Sin embargo, es importante que la revises para asegurarte de que es correcta. En tu borrador podrás ver tanto los intereses brutos obtenidos como las retenciones practicadas.
- Localiza la casilla correspondiente: los intereses de las cuentas remuneradas, así como los de los depósitos a plazo fijo, se declaran en el apartado Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro.
- Comprueba las retenciones: verifica que la cantidad reflejada como retención (normalmente del 19%) aparece correctamente.
- Revisa y confirma: una vez que hayas comprobado que todos los datos son correctos, puedes proceder a presentar tu declaración.
Ahora que ya sabes cómo declarar los intereses de tu cuenta remunerada, tal vez te interese saber cómo declarar el IRPF de las ganancias patrimoniales. Recuerda que tenemos tanto una guía de la declaración como un calendario con las novedades y fechas clave de la renta de este año para que estés enterado de todo para que este trámite deje de ser un tedio y se convierta en un ejercicio bien sencillo.
Si estás buscando una cuenta online en la que ver crecer tus ahorros, nuestra cuenta nómina remunerada sin comisiones te ofrece un 2% TAE el primer año. En ABANCA encontrarás un gran abanico de cuentas y depósitos adaptados a tus necesidades, entra en nuestra web y descúbrelos.
Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.