Rendimientos del capital mobiliario: todo lo que debes saber

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¿Cómo vas a poder presentar tu declaración de forma correcta si no sabes exactamente por qué conceptos debes tributar? Es normal que al presentar tu declaración de la renta 2023 te surjan dudas sobre por qué conceptos debes tributar y acerca de ciertos conceptos fiscales. Un ejemplo de ello son los rendimientos del capital mobiliario.

Pues bien, a continuación vas a ver qué son los rendimientos del capital mobiliario, qué tipos hay y de qué forma tributan.

  1. Qué forma el capital mobiliario
  2. Qué son los rendimientos de capital mobiliario
  3. Tipos de rendimientos
  4. Cómo tributan los rendimientos de capital mobiliario
  5. Interpretación del resultado

Qué forma el capital mobiliario

Tu patrimonio puede estar formado por bienes inmuebles y bienes muebles. Los bienes inmuebles se definen como propiedades que no se pueden desplazar, como, por ejemplo, las viviendas, los terrenos o las naves industriales.

Por el contrario, los bienes muebles se entienden como aquellos bienes que sí se pueden trasladar. Es el caso de los coches o las motos, pero también las acciones y participaciones en empresas. Es decir, el capital mobiliario es el conjunto de bienes muebles que lo conforman.

Qué son los rendimientos de capital mobiliario

Una vez que tienes claro los conceptos anteriores, toca entender qué son los rendimientos del capital mobiliario. Se denominan rendimientos íntegros del capital mobiliario el total de ingresos que genera cada uno de los bienes muebles.

Al mismo tiempo, debes tener en cuenta que no todos los bienes muebles te reportan un beneficio. Por ejemplo, un conjunto de acciones son bienes muebles que pueden generar un beneficio. Sin embargo, una moto también es un bien mueble pero no te da ningún beneficio económico.

Por eso, en el momento de hacer la declaración de la renta, a Hacienda solo le interesa aquellos bienes muebles de tu patrimonio que generen rendimientos positivos o negativos. Si te interesa saber cómo declarar el IRPF de las ganancias patrimoniales, tenemos un artículo dedicado a ello.

Tipos de rendimientos

Todos los rendimientos correspondientes al capital mobiliario están regulados por los artículos 25 y 26 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y se clasifican en las siguientes categorías:

  • Los rendimientos obtenidos por la participación en fondos propios de cualquier entidad.
  • Aquellos rendimientos obtenidos por la cesión de capitales propios a terceros.
  • Los rendimientos procedentes de operaciones de capitalización, de contratos de seguros de vida o invalidez y de rentas derivadas de la imposición de capitales.
  • Otros tipos de rendimientos de capital mobiliario, como determinados rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, el arrendamiento de bienes muebles o la explotación de la imagen. 

Dentro de estas categorías, los rendimientos de capital mobiliario más comunes son los derivados de la obtención de intereses de cuentas corrientes, dividendos de acciones, títulos de renta fija, transmisión o amortización de títulos de renta fija y seguros de vida o invalidez.

Cómo tributan los rendimientos de capital mobiliario

La tributación de los rendimientos de capital mobiliario dentro del IRPF se hará en la base imponible del ahorro. La base imponible del ahorro engloba el total de los beneficios o minusvalías obtenidos por diferentes inversiones como acciones o depósitos (rendimientos de capital mobiliario) o fondos de inversión (ganancias o pérdidas patrimoniales). En este post te contamos cómo puedes calcularla.

Después de hacer los cálculos pertinentes, obtienes la base liquidable del ahorro. Es aquí donde se debe aplicar el tipo de gravamen correspondiente. Dependiendo de la cuantía de la base, se aplicará un porcentaje u otro. Cuanto mayor sea la base liquidable, mayor será el tipo de gravamen. Siguiendo la legislación vigente de tributación, los porcentajes a aplicar son los siguientes.

  • Rentas inferiores o iguales a 6.000€ aplica el 19%.
  • Para rentas entre 6.000 y 49.999€ se aplica el 21%.
  • Para rentas entre 50.000 y 199.999€ se aplica el 23%.
  • Para rentas entre 200.000 y 299.999€ se aplica el 27%.

Si la renta supera los 300.000€ se aplica el 28%.

Después de haber aplicado el tipo de gravamen correspondiente según la totalidad de la renta y minorar esta cuota en las retenciones practicadas correspondientes, obtienes la cuantía a pagar o devolver en la declaración de la renta. En el siguiente apartado podrás comprobar qué significa cada caso.

Interpretación del resultado

Si al realizar la declaración, la cifra total es negativa, esto quiere decir que la declaración sale a devolver. Es decir, Hacienda te devolverá el importe indicado. Esto se debe a que, durante el ejercicio anual, la Agencia Tributaria te ha retenido una cantidad de dinero superior a la que te corresponde por tus ingresos.

Un ejemplo:

Imagínate que a un trabajador le retienen todos los meses 200€ de su nómina. Al final del año, Hacienda tendrá 2.400€ de este contribuyente. Si al hacer su declaración, el cálculo del impuesto final es de 2.200€, esta persona habrá pagado en exceso. Por lo que se le devolverán esos 200€ que ha pagado de más.

Por el contrario, si la cifra total es positiva, la declaración sale a pagar. Es decir, el contribuyente es quien debe abonar el importe indicado. En este caso, durante el ejercicio anual, la Agencia Tributaria ha recibido menos cantidad de dinero de la correspondiente a esa persona. Si el resultado fuese igual a cero, no se produciría ningún tipo de pago extra por ninguna de las dos partes.

Como has visto, es posible que, en el momento de presentar la declaración de la renta, haya conceptos un poco más complejos. Por eso, siempre que tengas algún tipo de duda, lo mejor será acudir a un profesional para que nos asesore. De esta forma, te garantizas una buena gestión de tu dinero y una declaración de la renta beneficiosa para tu economía.

Por último, ya seas cliente o no de ABANCA, podrás tramitar el pago o cobro online de tu declaración de la renta. Para realizar el abono puedes hacerlo con tu tarjeta de crédito desde la página de Hacienda o aplazarlo con nuestro servicio de pago fraccionado. Por el contrario, para cobrar el importe podrás domiciliarlo en tu cuenta ABANCA y disfrutar de sus beneficios.

Estos datos tienen finalidad informativa y no deben interpretarse en ningún caso como una recomendación de compra o venta, o de realización o cancelación de inversiones, ni puede servir como base de ningún tipo de decisión sobre inversiones actuales o futuras. ABANCA no se hace responsable de los perjuicios que pueda sufrir el inversor como consecuencia del uso de dicha información. El cliente es responsable de las decisiones de inversión que adopte y del uso que haga de la información proporcionada a tal efecto. Rentabilidades pasadas de las inversiones no garantizan rentabilidades futuras.

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