¿Qué es el impuesto de bienes inmuebles o IBI?

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El impuesto sobre bienes inmuebles, también conocido como IBI o Contribución, es un gravamen anual municipal obligatorio que tasa el valor de los bienes inmuebles tales como viviendas, locales o terrenos. Este tributo se abona a los Ayuntamientos correspondientes que lo gestionan, a partir de la información que contiene el padrón catastral u otros documentos elaborados por la Dirección General del Catastro en la que es obligatorio inscribirse de manera gratuita. Esta administración es, además, la encargada de mantener actualizada la información de los inmuebles y cualquier alteración, que deberá incorporarse al padrón a través el catastro. Por ejemplo, un cambio de titular, modificación de cotitulares, segregación de suelos o altas de nuevas construcciones.

¿Qué se considera un bien inmueble?

Según la Ley del Catastro un inmueble es aquella parcela o porción de suelo delimitados por una línea poligonal con respecto a otras construcciones en un terreno municipal. Asimismo, también está considerado como bien inmueble aquella propiedad que puede ser aprovechada por un propietario de forma independiente como puede ser una plaza de estacionamiento o un trastero. Los bienes inmuebles pueden ser urbanos, rústicos o especiales, y en el registro catastral podemos encontrar definidas determinadas características de un inmueble, como son:

  • Dependiendo del uso que se haga del inmueble: si es para oficinas, viviendas etc.
  • La superficie del inmueble: forma, longitud, delimitación…
  • Localización de la propiedad
  • Representación gráfica en forma de mapa o plano en el que se representa la parcela y las parcelas colindantes
  • Titular del inmueble
  • Referencia Catastral: un número de registro que se puede encontrar en la Sede Electrónica del Catastro

¿Cuál es el valor catastral de un bien inmueble?

El valor catastral es el valor administrativo que es fijado para cada bien inmueble. En ningún caso el valor catastral de los inmuebles superará el valor que tiene en el mercado y su valor dependerá de una serie de factores conocidos como Ponencias de Valores:

  • El valor del suelo en el mercado: longitud y número de fachadas, forma de la parcela, fondo etc).
  • El valor del inmueble en el mercado
  • El lugar en el que se encuentra el inmueble
  • Las características urbanísticas del suelo
  • El coste material de las construcciones, así como su uso y calidad
  • La antigüedad que tiene la edificación
  • El carácter histórico-artístico de las construcciones

Cada construcción está sometida a este proceso de tasación objetiva y forma parte del registro catastral de cada municipio de acuerdo al Art. 22 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario (TRLCI).

Cómo saber cuál es el valor catastral de un inmueble

El valor catastral es el determinado objetivamente para cada bien inmueble a partir de los datos obtenidos en el Catastro Inmobiliario y estará determinado por el valor catastral del suelo y el valor catastral de las construcciones. Para saber cuál es el valor catastral que le corresponde a tu inmueble es muy sencillo si dispones del recibo del IBI, donde aparece desglosado, junto a estos dos últimos valores, el valor catastral de tu inmueble.

¿Quién tiene que pagar el IBI?

Como decíamos, el pago de esta contribución es una obligatoriedad para quien conste en el padrón del impuesto como titular a 1 de enero de cada año que puede ser una persona física o jurídica. Si se trata de un inmueble que está en alquiler, el importe del IBI se le reclamará al propietario del inmueble, y el pago se realizará en relación a lo que el inquilino haya negociado con el propietario. Este impuesto de los bienes inmuebles está regulado por la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

No todas las propiedades están sujetas al impuesto de bienes inmuebles

Por unas razones u otras, no todas las propiedades están sujetas al impuesto de bienes inmuebles. Esas propiedades son entre otras:

  • Los inmuebles que son propiedad del Estado, de las comunidades autónomas o de los ayuntamientos
  • Las sedes diplomáticas en territorio español
  • Los colegios, comisarías o cárceles
  • Edificios para la defensa nacional
  • Los inmuebles propiedad de la Cruz Roja, de la Iglesia Católica o de asociaciones confesionales legalmente reconocidas
  • Los inmuebles históricos significativos que, siendo de titularidad personal, se consideren como patrimonio histórico

Cómo calcular el IBI

Los bienes inmuebles tienen unas características que determinan el coste del IBI que es calculado por los ayuntamientos en función de las mismas y que puede experimentar subidas de año en año. Entre otras variables influye la zona en la que se encuentre, el fin al que se dedica (vivienda, oficina…), los metros del inmueble, el tipo de construcción… Por ello, un inmueble con similares características puede tener un impuesto diferente si está en diferentes localizaciones.

La cuantía total del IBI es el resultado de un cálculo complejo que se basa en dos importantes valores:

  • El valor catastral del inmueble: Este valor no debería superar el 50% del valor del mercado de la propiedad. Se calcula, como decíamos, en función de las características de cada inmueble.
  • Un coeficiente o porcentaje sobre el valor catastral. El Ministerio de Hacienda es quien establece la fracción de porcentajes para que se haga ese incremento, que generalmente se sitúa entre el 0,4 y el 1,3% del valor catastral. EL IBI municipal que establece cada ayuntamiento se elige entre esos límites.

Existen además una serie de bonificaciones o reducciones, según lo que está estipulado por ley como para el caso de las viviendas protegidas o según otros criterios como familias numerosas o víctimas de violencia de género.

Cuándo se paga el IBI

El periodo impositivo del IBI, es decir, el periodo de tiempo durante el que se realizan las operaciones, equivale al año natural, del 1 de enero al 31 de diciembre. Cada municipio tiene su periodo impositivo correspondiente e incluso algunos establecen un periodo de pago voluntario, que suele tener una pequeña reducción.

Cómo pagar el IBI

EL IBI es un desembolso económico que supone sin lugar a dudas un esfuerzo a la hora de planificar tus gastos. Sin embargo, lo puedes pagar de diferentes formas y de forma cómoda:

  • Con ABANCA Recibos puedes pagar tus impuestos haciéndoles una foto con el móvil desde la app de ABANCA, ¡sin moverte de casa!
  • Con domiciliación bancaria
  • También puedes hacerlo en tu oficina de ABANCA habitual
  • O en la oficina de recaudación de tu ayuntamiento

 

 

 

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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