Qué es la pensión de orfandad, cuáles son los requisitos y la cuantía en 2026

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Generalmente, el derecho a percibir una pensión existe cuando una persona finaliza su vida laboral y comienza su jubilación, o en el caso de viudedad. Pero también se puede recibir una pensión cuando un hijo pierde a su progenitor y se encuentra en situación de orfandad. En este post, te explicamos qué es la pensión de orfandad, cuáles son los requisitos principales para solicitarla y la cuantía de esta prestación en 2026.

Qué es la pensión de orfandad

La pensión de orfandad es una prestación que se concede a hijos e hijas de madres o padres trabajadores que han fallecido, con el objetivo de ayudar a los descendientes en su probable estado de necesidad económica. Forma parte de las prestaciones económicas que se conceden por causa de muerte y supervivencia.

Requisitos para solicitar la pensión de orfandad

Tal como recoge la Seguridad Social, la persona fallecida y la persona beneficiaria deben cumplir unos requisitos para solicitar la pensión de orfandad.

  • La causa de la muerte del progenitor fallecido debe ser accidente no laboral (lesiones fuera del trabajo) o enfermedad profesional (causada por el trabajo). Si la causa del fallecimiento es una enfermedad común (no relacionada con el trabajo), debe cumplirse una de estas dos situaciones:
    • Estaba de alta o en lo que se denomina una situación asimilada al alta en la Seguridad Social.
    • No estaba en la situación anteriormente descrita pero tenía cotizados al menos 15 años a lo largo de su vida laboral.

Si la causa de la muerte es un accidente de trabajo, se puede solicitar también la prestación de orfandad, pero el trámite se realiza a través de la mutua correspondiente.

  • Para poder cobrar la pensión de orfandad los hijos o hijas:
    • Deben ser menores de 21 años en el momento del fallecimiento del progenitor.
    • Tener entre 21 y 25 años y no realizar un trabajo por el que ingreses más del salario mínimo interprofesional (15.876 euros).
    • Este límite de edad se amplía cuando el huérfano ya ha cumplido 21 años y se le reconoce una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  • En el caso de hijos o hijas aportado al matrimonio por el cónyuge sobreviviente, también pueden optar a la pensión de orfandad si el matrimonio se produjo al menos 2 años antes del fallecimiento y si:
    • Dependían económicamente del fallecido
    • No poder optar a otras pensiones de la Seguridad Social, ni familiares con obligación y posibilidad de prestar alimentos.

¿Hasta qué edad se cobra la orfandad?

La pensión de orfandad se cobra hasta que se produzca alguna de las siguientes situaciones:

  • Alcanzar la edad máxima o incumplir algunas de las especificaciones recogidas para cada situación en el apartado anterior.
  • Si el hijo tiene únicamente un progenitor, puede disfrutar de la pensión por orfandad de padre o madre hasta que cumpla 25 años, siempre y cuando no esté trabajando u obtenga una nómina inferior al salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en ese momento. Si está estudiando y cumple 25 años durante el curso escolar, podrá seguir cobrando la pensión hasta el primer día del mes siguiente al inicio del nuevo curso académico.
  • Ser adoptado por parte de un nuevo progenitor.
  • Casarse o formar una pareja de hecho, en el caso de personas huérfanas mayores de 16 años. La excepción a esta casuística son las personas con incapacidad permanente absoluta o de gran incapacidad).

¿Si trabajo me quitan la pensión de orfandad?

A la pregunta de si es compatible trabajar con percibir la pensión de orfandad, la respuesta es sí. Para mantener la pensión de orfandad hasta los 25 años el empleo que tenga la persona huérfana no puede superar el salario mínimo interprofesional.

Cómo solicitar la orfandad

La prestación de orfandad se gestiona con carácter general en las oficinas o en la sede electrónica de la Seguridad Social, a través de un formulario, igual que el resto de prestaciones. En el caso de los trabajadores que se incluyen en el Régimen Especial del Mar, deben solicitarla en el Instituto Social de la Marina (ISM).

Para solicitar la pensión de orfandad se necesita presentar la siguiente documentación:

  • El DNI (Documento Nacional de Identidad) de la persona que la solicita o pasaporte en el caso de los extranjeros que residen o no en España.
  • El libro de familia, certificado de adopción o de acogimiento familiar para demostrar el vínculo con la persona fallecida.
  • La certificación del acta de defunción del progenitor. En caso de solicitar la pensión de orfandad absoluta, se necesitan las actas de defunción de los dos progenitores.
  • Si el hijo o hija es estudiante de 24 años o más, se requiere el resguardo de matriculación en el centro de estudios correspondiente.

Además de estos documentos, también puede ser necesario aportar otros específicos según las circunstancias de cada solicitante (por ejemplo, para acreditar la condición de hija o hijo aportado al matrimonio).

Cuándo solicitar la orfandad

La pensión de orfandad se puede solicitar en cualquier momento desde el fallecimiento del familiar. El cobro de la pensión de orfandad tiene una retroactividad máxima de 3 meses con respecto a la fecha de solicitud.

Con respecto al cobro de la prestación, si la persona fallecida era pensionista, los pagos comienzan a contar desde el primer día de mes siguiente al fallecimiento. En el caso contrario, los pagos empiezan a contar desde el día siguiente al deceso.

¿La pensión de orfandad es contributiva?

La pensión de orfandad es contributiva. Significa que se produce en base a las aportaciones de la persona trabajadora a la Seguridad Social.

Cuantía de la pensión de orfandad en 2026

La pensión de orfandad, al ser una prestación contributiva, se revalorizará conforme al dato definitivo del IPC de noviembre: un 2,7%. Aunque la cantidad exacta se fija en función del salario del fallecido, ya que equivale al 20% de la base reguladora, a esa cantidad hay que sumar la revalorización prevista.

La base reguladora varía en función de la situación laboral de la persona progenitora fallecida y de la causa del fallecimiento. Si el trabajador ha muerto por accidente laboral o enfermedad profesional, cada hijo huérfano obtiene una indemnización adicional de una mensualidad de esta base reguladora.

En caso de pensión de orfandad absoluta, ésta aumenta, por ejemplo, si no se ha gestado pensión de viudedad al mismo tiempo. En este caso, a la cantidad de la prestación de orfandad se le suma la cuantía de aplicar sobre la base el 52%.

Cuantía mínima orfandad 2026

La Seguridad Social fija unas cuantías mínimas para la pensión de orfandad en 2026.

Pensión orfandad 2026 Cuantía mensual Cuantía anual
Orfandad
Por beneficiario 285,01 euros 3.999,15 euros
Por beneficiario menor de 18 años con discapacidad igual o superior al 65% 560,22 euros 7.843,07 euros
Orfandad absoluta
Un beneficiario 930,00 euros 13.020 euros
Varios beneficiarios (N) 285,01 + 705,86 / N euros 3.999,15 + 9.882,15 / N euros
Prestación de orfandad específica
Un beneficiario 845,76 euros 11.840,68 euros
Varios beneficiarios (N) 1.425,72 euros 19.960,04 euros

Cuantía máxima orfandad 2026

  • Con carácter general, el 20% de la base reguladora en el caso de haber solo un huérfano.
  • Si hay más de un huérfano, el total de ambas prestaciones no puede ser mayor al 48% de esta base.

Esta pensión de orfandad se cobra en 14 pagas, una por mes y dos pagas extraordinarias en noviembre y junio. En caso de que la muerte se produzca a causa de un accidente laboral o enfermedad profesional, la pensión se percibe en 12 pagas, con las dos extraordinarias prorrateadas.

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Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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