Renta 2022: ¿cómo aprovechar deducciones y beneficios fiscales en el IRPF?

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La recta final del año es la época idónea para analizar los ingresos y gastos que hemos tenido a lo largo de los últimos doce meses y planificarnos de cara al año nuevo. Además, si eres una persona previsora y te organizas de cara a la próxima declaración de la Renta 2022, podrás ahorrarte un buen pellizco.

Aunque la campaña empezará en abril de 2023, ya puedes empezar a planificar tu declaración, en la que se tendrá en cuenta todo lo realizado durante 2022, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.

Para ayudarte a disfrutar de las máximas deducciones posibles, en este post vamos a analizar todas las operaciones que se pueden hacer antes de acabar este año para ahorrar en la próxima declaración de la renta.

Aprovecha deducciones y beneficios fiscales en el IRPF de 2022

Hay una serie de consejos y apuntes fiscales a tener en cuenta para optimizar la declaración de la Renta de 2022.

Deducir el plan de pensiones

Deducir las aportaciones que hagas a un plan de pensiones de tu base imponible del IRPF y, por consiguiente, pagar menos impuestos es una de las grandes ventajas de los planes de pensiones.

Como ya te contamos, la declaración de la renta del año que viene englobará todo lo que hicimos en el ejercicio anterior. Y por eso es importante que realices las aportaciones al plan de pensiones antes de que termine este año: para poder aprovecharte del ahorro fiscal el próximo.

Además, también podrás deducir las aportaciones que hagas al plan de pensiones de tu empresa si cumples los requisitos que te explicamos en este post.

Deducir la hipoteca

En el caso de que hayas adquirido tu vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, podrás deducir hasta un 15% de lo invertido sobre un máximo de 9.040 euros anuales. Si pagas menos de ese importe por la hipoteca, tienes la opción de amortizar anticipadamente una parte para lograr la deducción máxima. En este último caso ten en cuenta las posibles comisiones de comisión por amortización o cancelación anticipada que pueda tener tu hipoteca.

Deducir el alquiler

En función de la fecha del contrato de arrendamiento, se pueden aplicar deducciones estatales o autonómicas.

Los que hayan firmado el contrato antes del 1 de enero de 2015 y tengan una renta inferior a 24.107,2 euros anuales, podrán aplicar la desaparecida deducción estatal por alquiler de vivienda habitual, pudiendo deducir el 10,05% de las cantidades satisfechas (con ciertos límites) en la declaración.

Si el contrato de arrendamiento se ha firmado después del 1 de enero de 2013, el contribuyente tiene 35 años o menos a fecha de devengo del impuesto y su renta anual es inferior a los 22.000 euros, en Galicia puede beneficiarse de una deducción del 10% del total del alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 300€. En caso de tener dos hijos o más, este porcentaje asciende al 20%, con un límite de 600 euros.

Por otra parte, para poder acceder a estas deducciones es necesario que el depósito de la fianza esté constituido en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

Deducir las obras para mejorar la eficiencia energética

Si este año has realizado obras para mejorar la eficiencia energética de tu vivienda, puedes deducirlas en tu próxima declaración. En este ámbito se diferencian tres tipos de obras con diferentes porcentajes de deducción:

  • Las obras para reducir la demanda de calefacción y refrigeración.
  • Las obras para reducir el consumo de energía primaria no renovable.
  • Las obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominantemente residencial.

Anticipar los gastos del piso que tengas alquilado

Si eres el propietario de un piso alquilado, teniendo en cuenta que su uso sea de vivienda habitual, aprovecha el último mes para anticipar los gastos relacionados con ese inmueble que tengas previstos, como pueden ser gastos de reparación y de conservación. Así es como el casero puede rebajar el rendimiento neto de los ingresos de alquiler, pero teniendo en cuenta que la suma de estos gastos, con el pago del IBI o el impuesto de recogida de basura (todos ellos deducibles) no pueden superar los ingresos de la renta.

Además de la deducción por gastos, como casero también disfrutarás de una reducción sobre el 60% del rendimiento neto de alquilar una casa en propiedad para su uso como vivienda.

Hacer una donación a una ONG

En el caso de donativos a una ONG y cumpliendo ciertos requisitos, se puede deducir hasta el 80% de la cuota del donativo de los primeros 150 euros y un 35% para el resto. En caso de ser el tercer año donando y que la tendencia en las donaciones sea estable o creciente, el porcentaje a deducir pasa a ser del 40%.

Además, las cuotas sindicales, de partidos políticos, colegios profesionales o fundaciones también son cuestiones que debes que tener en cuenta para reducir el impacto fiscal. Se pueden deducir:

  • Hasta 500 euros en las cuotas colegiales.
  • Entre el 20 y el 35% en las cuotas sindicales.
  • Hasta el 20%, con un máximo de 600 euros, en las contribuciones a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores.

Ser un business angel para emprendedores

Si inviertes en empresas emergentes o startups, puedes reducir tu factura fiscal. Una aportación a una de estas compañías puede significar, siempre que se cumplan determinados requisitos, una deducción de hasta un 30% sobre un máximo de 60.000 euros.

Además, la participación junto al cónyuge y los familiares de segundo grado no puede ser superior al 40% del capital de la sociedad ni superar los 400.000 euros.

Mayores de 65 años

Para los mayores de 65 años, las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual, de cualquier bien o derecho están exentas siempre y cuando estos fondos no superen los 240.000 euros y sean reinvertidos en una renta vitalicia asegurada en un plazo de seis meses.

Compensar pérdidas en bolsa con ganancias

Cuando se hace una inversión, también cabe la posibilidad de sufrir una pérdida. El último mes del año es una fecha ideal para analizar las cuentas y compensar las pérdidas generadas con las ganancias patrimoniales que se hayan obtenido. De este modo, se pueden compensar las pérdidas de fondos de inversión, acciones o derivados con las ganancias patrimoniales.

Trabajar en el extranjero

Los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos de tributación con un límite máximo de 60.100 euros anuales.

Se podrá aplicar esta exención siempre y cuando en el territorio en el que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF y no se trate de un paraíso fiscal. Además, esta exención solo está destinada a desplazamientos temporales, ya que si el contribuyente es residente en otro país ya no tributaría en España.

En las webs de la Agencia Tributaria y de la Agencia Tributaria de Galicia podrás encontrar todas las deducciones estatales y autonómicas vigentes. Muchas de ellas no se pueden aplicar ya a este ejercicio, pero las puedes tener en cuenta para futuras declaraciones.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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