Si has estado afectado por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) o has estado en paro en algún momento de 2025, es muy probable que tengas dos pagadores en la declaración de la renta. Esto se debe a que tanto tu empresa como el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se consideran pagadores a efectos fiscales. Te explicamos todo lo que debes saber si estás en esta situación.
Recuerda que, si te has estado en ERTE, debes reflejarlo en la declaración de la renta que presentes este año. Te resolvemos algunas de las preguntas más habituales al respecto.
- ¿Por qué tengo dos pagadores?
- ¿Tengo obligación de declarar?
- ¿Me saldrá a pagar la declaración?
- ¿Puedo evitar que me salga a pagar?
¿Por qué tengo dos pagadores?
En la actualidad, el mercado laboral presenta diversas situaciones que pueden llevar a un trabajador a tener más de un pagador en un mismo ejercicio fiscal. Según datos de la Seguridad Social de principios de 2026, aunque las cifras de ERTE cayeron un 37% en 2025 con respecto a 2024, todavía existen miles de empleados acogidos a esta modalidad por causas económicas, técnicas y organizativas en sectores específicos.
Sin embargo, también hay otras situaciones que, además del ERTE, pueden generar tener dos pagadores o más en el mismo año. Cambiar de trabajo, simultanear empleos o quedarse en paro, son algunas de las circunstancias más comunes.
Estar en alguna de estas situaciones afecta, en primer lugar, en tus obligaciones fiscales como contribuyente. Para la campaña de la renta 2025-2026, esto es especialmente relevante porque el límite de ingresos que obliga a declarar se reduce significativamente cuando hay más de un pagador. Mientras que con un solo pagador el límite es de 22.000 euros, si tienes dos o más pagadores el límite baja a 15.876 euros anuales (siempre que lo percibido por el segundo y restantes pagadores supere los 1.500 euros).
Esta situación podría obligar a ciertas personas a presentar la declaración cuando en años anteriores no ocurría así. ¿Por qué? Porque un pagador es tu empresa y, a efectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), el SEPE se considera otro pagador ya que la cantidad que te abona el SEPE se considera, a efectos fiscales, rendimientos de trabajo.
¿Tengo obligación de declarar?
Puedes pensar que tener dos pagadores no te afecta fiscalmente. ¡Error! Aunque cobres poco, y hasta ahora no tuvieras la obligación de presentar la declaración, tener más de un pagador cambia las cosas.
Haberse visto afectado por un ERTE, un expediente de regulación de empleo (ERE) o estar desempleado, puede suponerle a un trabajador, que en condiciones normales no tendría obligación de presentar la declaración, tener que cumplimentarla.
Para el ejercicio fiscal 2025 (que declaramos en 2026), la ley del IRPF establece los umbrales de obligación que vimos en el anterior apartado basándose en los rendimientos del trabajo.
En definitiva, es muy probable que cualquier trabajador que haya cambiado de empleo a mitad de año, o que haya percibido prestaciones del SEPE durante unos meses, tenga la obligación de presentar la declaración de la renta, a pesar de tener unos ingresos totales inferiores a los 22.000 euros.
¿Me saldrá a pagar la declaración?
Tener dos o más pagadores no significa que pagues más impuestos por ley, pero sí suele provocar que el resultado de la declaración sea a ingresar (a pagar). Esto se debe a un desajuste en las retenciones mensuales.
El IRPF es un impuesto progresivo que se calcula sobre el total de tus ingresos anuales. El problema surge porque cada pagador calcula tu retención de forma aislada:
- La empresa retiene según el sueldo que te abona mensualmente.
- El SEPE aplica generalmente una retención mínima del 2% al pagar prestaciones por desempleo o ERTE.
Al no sumar ambos ingresos, cada entidad te retiene menos de lo que te corresponde por tu nivel de renta total. Cuando llega la campaña de la renta en 2026, Hacienda suma todos tus ingresos del ejercicio 2025 y te reclama la diferencia que no te fue descontada mes a mes.
En resumen: no es que pagues “una multa” por tener dos pagadores, sino que estás abonando en junio lo que no te retuvieron en tus nóminas o prestaciones durante el año.
Puedes consultar aquí los tramos del IRPF.
¿Puedo evitar que me salga a pagar?
Sí, es posible evitar sorpresas desagradables en junio ajustando tus retenciones durante el año. Hay una serie de medidas que puedes tener en cuenta:
- Aumentar la retención voluntariamente: puedes solicitar a tu empresa (o al SEPE) que te aplique un porcentaje de IRPF más alto. Para ello se emplea el modelo 145.
- Comunicar el cambio al SEPE: si estás cobrando el paro o estás en un ERTE, puedes pedirles específicamente que suban tu retención del 2% estándar a una cifra más cercana a tu tipo real.
Una vez solicitado, este nuevo tipo se mantendrá, como mínimo, hasta el término del ejercicio y se prorrogará a ejercicios siguientes si no pides lo contrario por escrito.
Por otro lado, si finalmente la declaración sale a pagar, es importante recordar que Hacienda permite fraccionar en dos pagos el IRPF. Además, puedes pagarlo con tarjeta de crédito y Bizum y aplazarlo cómodamente.
Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.