¿Cómo reclamar la devolución del IRPF de maternidad y paternidad?

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Tanto la maternidad como la paternidad son etapas de gran importancia en la vida de cualquier persona. Además del amor y la alegría que trae, también puede tener un impacto en la economía familiar. Por suerte, el Estado reconoce esta situación y ofrece ciertos beneficios fiscales en la declaración de la renta, como la exención del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad y la correspondiente devolución del IRPF en estos casos. Te explicamos el proceso para aplicar estos beneficios relacionados con la maternidad y paternidad.

Exención de la prestación

Las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor (antiguas prestaciones de maternidad y paternidad) de la Seguridad Social están totalmente exenta de IRPF. Esta exención se aplica de forma automática, por lo que los contribuyentes no deben incluir estas cuantías como rendimientos del trabajo en su declaración.

Asimismo, esta exención se extiende a las prestaciones percibidas de mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al régimen de la Seguridad Social, siempre con el límite del importe máximo que abone dicha entidad pública.

¿Quiénes pueden beneficiarse de ella?

Según el Real Decreto-ley 6/2019 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), estas rentas están exentas de tributación. Además, la aplicación de esta norma legal se ha expandido para incluir las prestaciones de paternidad proporcionadas por la Seguridad Social. Tal y como indica la Agencia Tributaria, la exención (limitada al importe máximo reconocido por la Seguridad social a cada concepto) aplica a:

  • Prestaciones por nacimiento, cuidado de menor, adopción y acogimiento. Tanto los trabajadores que cotizan a la Seguridad Social, como aquellos autónomos afiliados a mutualidades alternativas, pueden recibir ayudas por maternidad y paternidad (siempre que se encuentren en circunstancias comparables a las que la Seguridad Social reconoce).
  • Pensiones y haberes pasivos de orfandad. Y las prestaciones a favor de nietos y hermanos menores de 22 años o incapacitados para trabajar, proporcionados por la Seguridad Social y otros sistemas de pensiones públicos.
  • Empleados públicos. Para los trabajadores del sector público que están en un sistema de seguridad social que no cubre las ayudas por tener o adoptar un hijo. Estarán exentas las retribuciones recibidas durante los permisos por nacimiento, adopción o acogimiento temporal de un menor.

Deducción por maternidad. ¿Cuánto se puede aplicar?

Para la declaración de la renta de 2025 la deducción por maternidad mantiene su cuantía de 1.200 euros anuales (100 euros al mes) por cada hijo menor de 3 años. Esta ayuda está disponible para madres trabajadoras, tanto por cuenta propia como ajena, y madres desempleadas que perciban prestación contributiva o subsidio. Puede cobrarse de forma anticipada o aplicarse en la declaración de la renta. Además, si el alta en la Seguridad Social es posterior al nacimiento, el primer mes en que se cumplan 30 días cotizados la deducción se incrementa a 150 euros.

Esta base puede ampliarse hasta en 1.000 euros adicionales por gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados para cubrir gastos de preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación. Esta deducción es incompatible con el complemento de ayuda a la infancia del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

¿Puedo solicitar el abono anticipado?

Una de las características principales de la deducción por maternidad es que es posible solicitar su abono anticipado de 100 euros mensuales por hijo menor de tres años, sin incluir el incremento adicional por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Esto es un adelanto de la deducción fiscal.

Si ya cobrabas el abono anticipado y tu situación no ha cambiado, no tienes que presentar una nueva solicitud por el mismo hijo. Si cumples los nuevos requisitos establecidos para esta deducción, lo seguirás cobrando.

Si no cobrabas por no tener derecho a la deducción, y ahora sí, o si has sido madre recientemente y tienes derecho a ella, debes presentar el modelo 140 para solicitar este abono. Puedes hacerlo utilizando tu certificado digital o Cl@ve PIN, por teléfono o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Cómo pedir el abono anticipado

Es importante saber que para aplicar la deducción por maternidad en el IRPF al hacer la declaración no hay que realizar ninguna solicitud en Hacienda, únicamente registrarla en la declaración. Sin embargo, es posible solicitar el abono anticipado de manera mensual (100 euros por hijo) a través del modelo 140.

  • Si lo solicitas por Internet, es necesario acceder con DNI electrónico, Cl@ve PIN o certificado electrónico. En esta solicitud se completan los campos de NIF y nombre y apellidos del solicitante y del descendiente. De este último, también hay que indicar su fecha de nacimiento o adopción, introducir tu cuenta bancaria y hacer clic en ‘Validar’ al final.
  • Si prefieres hacerlo en persona, tendrás que descargar el modelo 140 en la web de la Agencia Tributaria y rellenarlo en tu casa para después llevarlo a cualquier delegación o administración de la Agencia Tributaria.

Ya sabes cómo solicitar la devolución del IRPF en caso de maternidad o paternidad. Recuerda revisar tu borrador de la renta para comprobar que aplican estos beneficios, además de estar pendiente de las fechas de la campaña de la renta para no olvidarte de ninguna gestión.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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