¿Cómo reclamar la devolución del IRPF de maternidad y paternidad?

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Tanto la maternidad como la paternidad son etapas de gran importancia en la vida de cualquier persona. Además del amor y la alegría que trae, también puede tener un impacto en la economía familiar. Por suerte, el Estado reconoce esta situación y ofrece ciertos beneficios fiscales en la declaración de la renta, como la exención del IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad. Te explicamos el proceso para hacer la devolución del IRPF de maternidad y paternidad.

¿Quiénes pueden beneficiarse de ella?

Desde el año 2018, las prestaciones de maternidad otorgadas por la Seguridad Social están exentas del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Esta decisión se aplicó no solo para el año fiscal 2018, sino también retroactivamente para los cuatro años fiscales anteriores que aún no habían prescrito. Como consecuencia, se otorgó a los beneficiarios la oportunidad de pedir una revisión y reembolso de lo abonado por estos conceptos durante dichos períodos, es decir, una devolución del IRPF.

Exención de la prestación

Actualmente, según el Real Decreto-ley 6/2019 publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), estas rentas están exentas de tributación. Además, la aplicación de esta norma legal se ha expandido para incluir las prestaciones de paternidad proporcionadas por la Seguridad Social. Tal como indica la Agencia Tributaria, la exención aplicaría a:

  • Prestaciones de maternidad, paternidad y las familiares no contributivas. Tanto los trabajadores que cotizan a la Seguridad Social, como aquellos autónomos afiliados a mutualidades alternativas, pueden recibir ayudas por maternidad y paternidad (siempre que se encuentren en circunstancias comparables a las que la Seguridad Social reconoce).
  • Pensiones y haberes pasivos de orfandad. Y las prestaciones a favor de nietos y hermanos menores de veintidós años o incapacitados para trabajar, proporcionados por la Seguridad Social y otros sistemas de pensiones públicos.
  • Empleados públicos. Para los trabajadores del sector público que están en un sistema de seguridad social que no cubre las ayudas por tener o adoptar un hijo. El dinero que reciben mientras están de baja por estos motivos no se considera ingreso tributable. Esto se aplica a las bajas por nacimiento, adopción o acogimiento temporal de un menor.

¿Cuánto se puede deducir?

El importe máximo de la deducción es de 1.200 euros al año por cada hijo que no haya alcanzado la edad de tres años. Esta cantidad se distribuye mensualmente. Correspondiendo a 100 euros por mes, comenzando desde el mes en que nace el hijo hasta el mes anterior a aquel en que el niño cumple tres años. 

Si tienes derecho a la deducción por haberte dado de alta en la Seguridad Social o mutualidad con posterioridad al nacimiento, en el mes en que alcances el período mínimo cotizado de 30 días, la cuantía de la deducción correspondiente a ese mes se incrementará en 150 euros.

Esta condición no se aplica en los casos en que alguno de los padres reciba el suplemento de asistencia infantil bajo la legislación que regula el ingreso mínimo vital, a menos que se hubiera adquirido el derecho a dicho complemento antes del 1 de enero de 2023, según lo detalla la Agencia Tributaria. Es decir, ambas ayudas no son compatibles.

Además, el monto de esta devolución del IRPF se puede elevar debido a costos relacionados con el cuidado de los niños en guarderías o centros preescolares autorizados. Esto incluye gastos como los de preinscripción, matrícula, alimentación y cuidado durante el horario regular y extendido. Para que estos gastos sean deducibles, deben corresponder a períodos completos de meses. Esta devolución del IRPF se puede incrementar hasta un máximo de 1.000 euros adicionales en gastos en concepto de guardería, tal como informa la Agencia Tributaria

¿Puedo solicitar el abono anticipado?

Una de las características principales de la deducción por maternidad es que es posible solicitar su abono anticipado de la Agencia Tributaria, sin incluir el incremento adicional por gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Esto es un adelanto de la deducción fiscal.

Si ya cobrabas el abono anticipado no tienes que presentar una nueva solicitud por el mismo hijo. Si cumples los nuevos requisitos establecidos para esta deducción, lo seguirás cobrando.

Si no cobrabas por no tener derecho a la deducción, y ahora sí, o si has sido madre recientemente y tienes derecho a ella, debes presentar el modelo 140 para solicitar este abono.

Cómo pedir la devolución del IRPF de maternidad

Es importante saber que para aplicar la deducción por maternidad en el IRPF al hacer la declaración no hay que realizar ninguna solicitud en Hacienda. Sin embargo, es posible solicitar el abono anticipado y cobrar así lo que supondría la deducción de manera mensual (100 euros por hijo).

Este abono se puede pedir de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria o a través de Internet. Tanto el progenitor como el hijo o hijos que se incluyen en la solicitud deben disponer de un número de identificación fiscal (NIF).

Si lo solicitas por Internet, es necesario acceder con DNI electrónico, Cl@ve PIN o certificado electrónico. En esta solicitud se completan los campos de NIF y nombre y apellidos del solicitante y del descendiente. De este último, también hay que indicar su fecha de nacimiento o adopción. Por último, debes introducir tu cuenta bancaria y seleccionar la opción ‘Validar’ al final.

Si prefieres hacerlo en persona, tendrás que descargar el modelo 140 en la web de la Agencia Tributaria y rellenarlo en tu casa para después llevarlo a cualquier delegación o administración de la Agencia Tributaria.

Recuerda estar pendiente de las fechas de la campaña de la renta de este año para no olvidarte de ninguna gestión.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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