Cómo pagar una deuda a Hacienda

4.2/5 - (9 votos)

El desconocimiento de determinadas obligaciones de pago, olvido o falta de dinero en un momento concreto, pueden llevarnos a contraer deudas con Hacienda. Para evitar complicaciones futuras, lo mejor es liquidar cuanto antes lo pendiente. Pero ¿cómo hacerlo? ¿Cuáles son los plazos que establece Hacienda? ¿Existen intereses por demora? En este post te detallamos cómo proceder para pagar una deuda a Hacienda paso a paso.

¿Qué deudas se pueden tener con Hacienda?

Las principales deudas con Hacienda pueden venir de:

  • Impago del IVA. Si eres autónomo o tienes una empresa, un mal cálculo de las liquidaciones trimestrales o anuales puede provocar adeudos con la Agencia Tributaria.
  • Deuda con la Seguridad Social. También se pueden contraer deudas por un error en el pago de las cuotas de la seguridad social o por su omisión.
  • IRPF, si no has realizado la declaración de la renta correctamente.

Además, hay otras administraciones públicas que nos pueden reclamar determinados pagos como:

  • Multas de tráfico procedentes de la Dirección General de Tráfico o de ayuntamientos.
  • Tasas municipales como el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), el impuesto de tracción mecánica, tasas de basura… El impago de cualquiera de estos conceptos puede provocar una deuda con la Administración.
  • Impuesto de sucesiones. En ciertas comunidades autónomas es necesario pagar al recibir una herencia.

¿Cómo saber si existe una deuda con Hacienda?

Si sospechas que puedes tener saldo pendiente con Hacienda, puedes comprobar tu situación tributaria por internet si dispones de un certificado electrónico de identificación, DNI electrónico o estás registrado en el sistema Cl@vePIN. También puedes acudir a cualquier oficina de la Agencia Tributaria solicitando cita previa .

¿Qué ocurre si no se pagan las deudas?

Si no se abonan los impuestos dentro del período voluntario, se puede generar un recargo sobre la cantidad requerida y el importe a pagar puede crecer hasta un 20%. En este momento, se inicia el conocido como período ejecutivo.

Período ejecutivo: primer paso tras el período voluntario

El período ejecutivo es el momento en el que Hacienda inicia las actuaciones necesarias para hacer efectivo el cumplimiento de la deuda. El recargo por realizar el abono en esta etapa es de un 5% (recargo ejecutivo).

Providencia de apremio

El procedimiento de apremio se inicia con la notificación de Hacienda de la cantidad adeudada y la concesión de un plazo para realizar el pago, advirtiendo de que en caso de no efectuar el pago en los plazos establecidos se procederá al embargo de bienes.

Se exigirá un recargo del 10% (reducido) si la deuda se paga en el plazo señalado o del 20% (ordinario) más los intereses de demora devengados desde el inicio del período ejecutivo y los costes del procedimiento si la deuda no se paga dentro del plazo exigido.

Embargo

Si se sigue sin pagar, se inicia un procedimiento de embargo mediante el cual la administración puede cobrar la deuda existente a través de alguna de las cuentas bancarias que tenga el contribuyente.

¿Cómo cancelar una deuda con Hacienda?

Existen diversas formas para cancelar una deuda con la Agencia Tributaria:

Carta de pago

Si se tienen solvencia suficiente para saldar la deuda, simplemente bastará con obtener la carta de pago y saldar la deuda en una entidad bancaria. La carta de pago puede obtenerse en una oficina de recaudación o mediante la sede electrónica de la página de la Agencia Tributaria.

Si tu carta de pago tiene un código de barras, podrás pagar el recibo donde y cuando tú quieres a través de la app de ABANCA sacándole una foto. Te explicamos cómo hacerlo.

Aplazamiento y fraccionamiento de la deuda

Hacienda ofrece la posibilidad de solicitar un aplazamiento dentro del periodo voluntario y del ejecutivo. Es conveniente hacerlo en el primer caso con el objetivo de no pagar ninguna multa por el retraso.

La solicitud puede realizarse a través de la web de la Agencia Tributaria proponiendo unos plazos e importes de pago. La Agencia Tributaria responderá aceptando o denegando dicha solicitud.

En caso de que la solicitud sea aceptada, se emitirán los cargos directamente en la cuenta bancaria facilitada por el solicitante. En caso de incumplimiento de los pagos, se anulará el aplazamiento y se exigirá el pago de la totalidad de la deuda pendiente. Los aplazamientos conllevan gastos de demora (entre un 3% y 5%).

Compensación de deudas

Una deuda con Hacienda también se puede liquidar con la devolución de otras liquidaciones. Por ejemplo, si se tiene un descubierto de 300 euros y el resultado de la declaración de la renta sale a devolver 350 euros, se puede solicitar una compensación y por lo tanto saldaríamos la deuda y la devolución sería de 50 euros.

Este procedimiento puede realizarse presencialmente en las oficinas de la AEAT o telemáticamente.

¿Cómo conseguir dinero para pagar las deudas?

Como bien saber, es importante pagar los impuestos a tiempo para evitar los intereses por demora. Además, muchas entidades te podrían pedir un certificado en el que conste que estás al corriente de pagos con Hacienda. Si el certificado es negativo se pueden denegar subvenciones, financiación o pedidos de proveedores si eres autónomo o empresa.

Si la declaración de la renta te sale a pagar este año, puedes abonar el IRPF con tu tarjeta de crédito ABANCA desde la página web de la AET y aplazarlo desde tu móvil al instante. O si lo prefieres, puedes darte crédito a ti mismo traspasando la cantidad que necesitas desde tu tarjeta de crédito a tu cuenta y devolverlo en el plazo que mejor te convenga.

 

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

Logo Movil

Recibe nuestros contenidos más útiles

Cada quince días en tu bandeja de entrada. Consigue además nuestra guía con ¡todo lo que debes saber para contratar un préstamo personal!