Cosas que no sabías que hay que incluir en la declaración de la renta

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Cuando tenemos que hacer la declaración de la renta, podemos encontrarnos con detalles o requisitos que no sabíamos que debíamos incluir. Especialmente en operaciones novedosas como las inversiones en criptomonedas o las ventas por Internet.

Para no tener sorpresas al hacer la declaración de la renta de 2025-26, debes tener en cuenta que hay que añadir todos los ingresos y operaciones sujetos a tributación: los rendimientos del trabajo personal, las prestaciones por desempleo o por expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), o los rendimientos de bienes mobiliarios, entre otros.  ¡Vamos a ver todo lo que seguramente no sabías que hay que incluir al hacer la declaración de la renta de 2025 que se realiza este 2026! (y si todavía tienes dudas, te dejamos esta guía básica).

Declarar ayudas públicas

Las ayudas públicas deben tributar en la declaración de la renta de 2025-2026, salvo que la ley las declare exentas. En el caso de las ayudas directas e indemnizaciones por los daños producidos por la DANA de octubre de 2024, están exentas de IRPF, por lo que no tributan ni deben declararse como ganancia patrimonial, tal como señala la Agencia Tributaria.

Algunas de las exenciones (siempre que se cumplan determinados requisitos de la Agencia Tributaria) más comunes son las siguientes:

  • Prestaciones por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
  • Indemnizaciones por un despido (dentro de los límites legales).
  • Prestaciones por desempleo percibidas en la modalidad de pago único.
  • Prestaciones por maternidad, paternidad o similares.
  • Becas públicas para estudios en todos los niveles educativos.

Si recibes ayudas (como el bono joven alquiler o subvenciones por eficiencia energética) que sumadas a otros ingresos superen los 1.000 euros, estarás obligado a presentar la declaración de la renta. Además, desde este ejercicio, todos los autónomos están obligados a declarar, independientemente de si han recibido o no subvenciones. si la ayuda es colectiva (como en el caso de comunidades de vecinos), cada propietario debe declarar su parte proporcional).

Indemnizaciones de seguros

Si durante el año 2025 cobraste la indemnización de algún seguro (por ejemplo, de un seguro de protección de pagos), deberás declarar el importe abonado en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Según el tipo de póliza y quién la pague, tributará de una forma u otra:

  • Ganancia patrimonial: es lo habitual en seguros que compensan la pérdida de rentas (como los de protección de pagos). Se declara la diferencia entre la indemnización recibida y las primas pagadas.
  • Rendimientos del capital mobiliario: se aplica generalmente sobre seguro de vida o invalidez contratados por el propio contribuyente.
  • Exenciones: las indemnizaciones por accidentes de tráfico bajo responsabilidad civil del conductor están exentas, siempre que no superen los baremos legales establecidos o se fijen judicialmente.

Las indemnizaciones recibidas por el Consorcio de Compensación de Seguros debido a la DANA de octubre de 2024 están exentas de tributar en esta campaña, al igual que las ayudas directas por esta catástrofe.

Ingresos por alquilar viviendas de uso turístico

Los propietarios de viviendas con alquiler vacacional deberán declarar por el período en el que estuvo alquilada la vivienda vacacional. Como informa la Agencia Tributaria, a esta cuantía se le restarían los gastos de publicidad, reparaciones, impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), comunidad y tasa de basuras, para tener el rendimiento neto.

Ingresos por la venta de un inmueble

En caso de haber vendido algún inmueble a lo largo del 2025 se deberá declarar en 2026 el importe obtenido como ganancias o pérdidas patrimoniales, que se obtienen de restar el valor de adquisición al valor de transmisión. En función del valor de venta, tributa entre un 19 y un 28%. Además, hay que pagar el IBI y la plusvalía municipal.

Por otra parte, si se trata de la venta de la vivienda habitual, y la persona tiene más de 65 años o es una persona en situación de dependencia severa o gran dependencia, la ganancia obtenida estaría exenta.

Ventas por internet en la declaración de la renta

Desde el 1 de enero de 2024, la Directiva Europea DAC7, oficialmente denominada Directiva 2021/514, obliga a plataformas como Wallapop, Vinted, eBay o Milanuncios a informar a Hacienda sobre la actividad de sus vendedores.

Para la campaña de la renta 2025-2026 es muy probable que, si has superado los límites establecidos, estos datos ya aparezcan reflejados en tus datos fiscales al descargar el borrador.

¿Cómo funciona? Las plataformas recogen datos y los envían de forma automática si durante el año natural 2025 cumpliste cualquier de estos dos requisitos:

  • Realizaste más de 30 ventas de artículos (independientemente del importe).
  • Obtuviste ingresos totales superiores a 2.000 euros.

Además, el comprador debe pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales al realizar la compra.

Monetización de vídeos

Los creadores de contenidos que perciben ingresos a través de plataformas (YouTube, Twitch, TikTok) o patrocinios deben tributar por rendimientos de la actividades económicas, dándose de alta en el AIE y en el RETA (autónomos) según el sistema de cotización por ingresos reales.

En el IRPF, los beneficios tributan en la base general mediante una escala progresiva que, dependiendo de la comunidad autónoma, oscila entre el 19% y el 50-54% para las rentas más altas. Sus obligaciones incluyen la presentación trimestral del modelo 130 y el modelo 303 de IVA. Además, si operan plataformas residentes en la UE, es obligatorio el alta en el ROI y la presentación del modelo 349, garantizando así el cumplimiento de la normativa sobre operaciones intracomunitarias y la nueva trazabilidad de ingresos digitales, recogida en el Real Decreto 253/2025.

Negocios por internet

Cada vez más personas se animan a abrir una pequeña tienda online o vender servicios por esta vía (formación, asesoramiento, coaching, etc.). Aunque en la mayoría de los casos se trate de un pequeño plus al final del mes, y no sea la principal fuente de ingresos, estas actividades no están exentas y deberán ser declaradas en la renta de 2025-26.

Premios de la lotería

Si eres uno de los afortunados que durante el 2025 tuvo un buen pellizco en la lotería, es importante saber que, aunque no se incluyen al hacer la declaración de la renta, estos premios están sujetos a un gravamen especial. Si el décimo premiado supone un importe igual o inferior a los 40.000 euros, está exento de impuestos. En cambio, si es superior a 40.000 euros tributará al 20% por la parte que exceda el mínimo exento.

Otros premios

Al margen de los premios de la lotería, se deberán declarar los ingresos obtenidos por apuestas, concursos, rifas, casinos, bingos, entre otros.

Donaciones

En el caso de las donaciones en vida, el tratamiento fiscal difiere según el objeto de la donación. Si se dona dinero en efectivo, el donante no tributa en su IRPF, siendo el receptor quien liquida el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Sim embargo, si se donan bienes (como inmuebles o acciones), el donante sí debe declarar una ganancia patrimonial en su IRPF por la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de mercado en el momento de la entrega, exactamente igual que si hubiera realizado una venta.

Criptomonedas

Como informa la Agencia Tributaria, el intercambio entre monedas virtuales, realizado al margen de una actividad económica, da lugar a la obtención de una renta. Por lo tanto, las criptomonedas tienen que declararse como ganancia o pérdida patrimonial integrándola en la base imponible del ahorro.

Ahora que ya conoces todos los ingresos que hay que incluir al hacer la declaración a hacienda, recuerda tener todo a punto para realizar la declaración de la renta de 2025-26. Ten en cuenta todos los conceptos que debes incluir para no tener que hacer una declaración complementaria para rectificar o completar la anterior. El plazo inicia el 8 de abril y finaliza el 30 de junio de 2026, ambos inclusive. Puedes realizarla presencialmente, por teléfono o desde la página web de la Agencia Tributaria.

Tanto si te sale a devolver como si te sale a pagar, domiciliar el pago de la declaración de la renta de 2025-2026 en tu cuenta bancaria te facilitará y simplificará esta gestión.

Recuerda que los contenidos de este blog tienen carácter informativo. Cualquier actuación motivada por su contenido o por la interpretación de las normas a las que hace referencia deberá ser analizada de forma específica teniendo en cuenta la situación particular de que se trate.

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